Introducción
El Plan
Urbano Ambiental (PUA), previsto como ley marco por la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CCABA) desde 1996, comenzó
a elaborarse en 1999 y fue finalmente aprobado en diciembre de 2007, con la
obligación de ajustarse/ actualizarse cada 5 (cinco) años (artículo 15º Ley
71º).
La regulación del PUA se consigna
en el Capítulo Ambiental de la CCABA y en las Leyes Nº 71 y Nº 2930, mediante las cuales se fija la dependencia
encargada en su elaboración –Consejo del Plan Urbano Ambiental (CoPUA)– y los
contenidos básicos a desarrollar –Diagnóstico, Lineamientos, Modelo
Territorial, Códigos vinculados con los aspectos urbanísticos, constructivos,
ambientales y sobre las obras públicas, entre otros. De dichos componentes solo
están aprobados el Diagnóstico y los Lineamientos (Ley 2930), el resto es
aún materia de elaboración y posterior tratamiento legislativo.
El Modelo
Territorial, como espacialización del marco propositivo –lineamientos y
acciones–, es un instrumento fundamental que requiere un amplio proceso
participativo con la comunidad y debe ser puesto a consideración de la
Legislatura CABA (Ley Nº 71). Presupone que el mismo contiene la visión
territorializada en el largo plazo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)
en el contexto metropolitano, por medio, entre otros, de la distribución de la densidad poblacional
(número de habitantes por hectárea), las vías principales de transporte (vial,
ferroviario, subterráneo), los grandes equipamientos –hospitales, escuelas,
terminales de ómnibus, museos, aeroparque, etc. –, las áreas de preservación,
de renovación, de desarrollo, de riesgo, así como los atributos
cuali-cuantitativos urbanoambientales de cada uno de ellos. Es un instrumento
fundamental a la hora de poder generar opinión sobre los grandes cambios
territoriales necesarios y alentar a su desarrollo con implicación social y
económica. Asimismo, es un componente indispensable para poder actualizar el Código de Planeamiento Urbano de 1977.

Plan
Urbano Ambiental: 2008 - 2013
El PUA es una ley marco, cuyo
ideario es obligatorio en cuanto al cumplimiento de loslineamientos y las
acciones que desarrolle el GCBA, caso contrario requiere que se ajuste o se
modifique, parcial o totalmente, vía legislativa.
Un repaso sintético sobre la
aplicación y encargues que se establecen en la Ley PUA (Nº 2930), además de no
estar a consideración pública su ajuste/actualización en tiempo y forma, indica una notoria ausencia de ejecución gubernamental de la misma, tanto en
término de investigaciones y propuestas previstas en la norma, como en la
reducción sistemática de recursos presupuestarios, así como las limitaciones
impuestas para la implementación de las directivas y estudios sin iniciativa ni
seguimiento del CoPUA en correlación con una marcada ausencia de participación (artículo 27º de la CCABA).
La Auditoria del GCABA en un
Informe de 2012 (Resolución AGC Nº 388/12; con el objetivo de “Evaluar en
términos de eficiencia, eficacia y economía el cumplimiento de los objetivos
institucionales y operativos, la adecuación de los recursos afectados al
programa y la normativa vigente”), entre otras conclusiones indica,
claramente, que el organismo encargado de la formulación y seguimiento del
PUA está “desjerarquizado”, concurrente con la anexión del
cumplimiento del Decreto Nº 1351/GCBA/02 (delega funciones de seguimiento de
expedientes generados por las Consultasprevistas en el Código de Planeamiento
Urbano –1977–, por tanto anterior a la constitución del CoPUA que no las tiene
como misión en la Ley 71º) por el cual se “promovió que el mismo abordara y
aplicara su tiempo en mayor medida a atender consultas relativas a actuaciones
ajenas a su génesis”. Incluso precisa que “atento que el CoPUA es
integrante del Foro Participativo Permanente y de la Comisión Asesora
Permanente Honoraria, se ha verificado que durante el año 2011 ambas instancias
de participación no han funcionado”. Por tanto, se interpreta que si no
hay producción del CoPUA para implementar el PUA no puede haber participación
del Foro. Finalmente, el Informe asevera que “se verifica en la falta de
producción de documentos que aporten un valor agregado a los destinatarios del
mismo y sirvan como un instrumento de monitoreo de la gestión del PUA por parte
del PE. Todo lo cual hace que el organismo se encuentre desjerarquizado en
relación a sus normas de creación”.
Sintetizando la formulación del
PUA se puede caracterizar que está conformado por: 5 rasgos como VisionesEstratégicas
de Largo Plazo –Ciudad Integrada, Ciudad Policéntrica, Ciudad Plural,
Ciudad Saludable y Ciudad Diversa–, promoviendo un sistema propositivo
concurrente con las políticas constitucionales espacializables –Metropolitano,
de Estructuras y Centralidades, de Transporte y Movilidad, de Hábitat y
Vivienda, Espacios Públicos, Producción y Empleo, Patrimonio e Instrumentos–
detallados, a su vez, por medio de 50 lineamientos y 235 acciones. Un
análisis somero indica en atención a lo acontecido entre los años 2008 y 2013que,sobre
las acciones previstas, 24 acciones fueron desestimadas o contrarias, 114
acciones carecen de iniciativas para su implementación, 50 acciones se
desarrollan parcialmente o de modo limitado y, finalmente, 47 de las 235
acciones se encuentran en desarrollo o en proceso de ejecución.
En principio, por tratarse de una
propuesta urbano ambiental de largo plazo no podrían estar todas las acciones
previstas en ejecución, pero sí deberían quedar muy pocas acciones sin
iniciativas. Al revisar las acciones previstas sin iniciativas (49% de la todas
las acciones), son notorias y predominantes la falta de iniciativas en los
aspectos proposititos Metropolitano, Hábitat y Vivienda, Patrimonio Urbano e
Implementación de los Instrumentos.
A título de ejemplo, con respecto a lo Metropolitano, solo se ha intentado un acuerdo con el Gobierno de
la Provincia de Buenos Aires en relación a la disposición de los residuos
urbanos –por presión de la Nación y la propia Provincia–, siendo el más
crítico, costoso en vidas y alejado de la gestión el lineamiento y las acciones
correspondientes a “la anegabilidad metropolitana”. Con respecto a las propuestas de Hábitat y Vivienda el lineamiento más desatendido es el de “promoción
de políticas de vivienda asequible para la población en situación de déficit
habitacional con dificultades de acceso al mercado inmobiliario”,
cuyos cursos de acción preveían “Facilitar la resolución habitacional de los
sectores socioeconómicos con dificultades de acceso al mercado inmobiliario”,
así como “Implementar e intensificar las acciones de mejoramiento de las
situaciones habitacionales críticas que puedan ser resueltas sin traslado
(urbanización de villas; regulación de intrusiones; mejoras en inquilinatos,
hoteles y pensiones; resolución de conjuntos habitacionales)” y la de
“Implementar soluciones de las restantes situaciones habitacionales (ocupación
del espacio público; casas y edificios tomados) asignando a dicho fin el uso de
inmuebles fiscales (predios resultantes de las expropiaciones, autopistas,
etcétera)”; lo único promovido, a escala de las necesidades concretas, es
por iniciativas Nacionales –tanto presupuestaria como en disponibilidad de
tierras– y el resultado más evidente es la reducción en valores relativos y
absolutos de recursos presupuestarios, y la más baja ejecución de los fondos
asignados; lo contrario por alcanzar la Visión Estratégica por una Ciudad
Integrada y Diversa. Además, con respecto a las propuestas sobre Patrimonio
Urbano no se conoce ninguna iniciativa del CoPUA sobre promover “amplias
características participativas a los procesos de decisión y gestión de áreas y
objetos patrimoniales”, o de “establecer mecanismos de protección
preventiva para los distritos de preservación patrimonial en trámite, en tanto
se tratan los respectivos proyectos”, o de “implementar medidas de
sostenimiento de la población residente en contextos de reciclaje de tejidos,
reconversión de actividades e incremento de los valores inmobiliarios derivados
de las acciones patrimoniales”, muy por el contrario son innumerables
los casos de demoliciones de edificios con valor patrimonial, la expulsión de
sus residentes para implantar megaedificios, la permanente pérdida de los
entornos barriales y de los usos residenciales de baja densidad.
Por el contrario, uno de los
aspectos sobre los cuales más se ha trabajado ha sido el de Transporte y
Movilidad y el de Espacios Públicos. Sobre ambos, a efectos de
abreviar, el resultado es la de mayor
fluidez peatonal en el Microcentro y del transporte vehicular motorizado con
ingreso metropolitano, así como del incremento de los costos de mantenimiento
de las calles –reparación bianual de los asfaltos, señalización horizontal y
vertical, semaforización de calles terciarias y modificación de las pendientes
de desagüe–, en tanto se incrementó la centralidad del Microcentro –trazado del Metrobus, prolongación de líneas de subterráneo, optimización de
autopistas, no radicación de las playas de estacionamiento del Área Central,
triplicación del estacionamiento libre, etc. – lo contrario de la Visión
Estratégica por alcanzar una Ciudad Policéntricaaprobado en la Ley 2930.
Desacople normativo
Varias leyes sancionadas,
promovidas tanto por Legisladores CABA como por el propio PE, tampoco son
implementadas –no se establece la reglamentación, no se les asigna presupuesto,
etc. A continuación, repasamos algunos casos:
Espacios
Verdes de Uso Público. Hay
una disminución progresiva de los
espacios verdes en la ciudad de Buenos Aires, en forma directa: por cambio de
uso de Distritos de Urbanización Parque (UP) –comisarías, terminal de ómnibus
Sur, centro de transferencia Chacarita, centros verdes, bajo autopista, nuevas actividades, ampliación de
carriles para el transporte vehicular automotor– y, por concesiones con
privatización transitoria de Distritos de Urbanización Parque (UP) –Club de
Amigos; Plaza 1º de Marzo; etc. –,y de la costa, aproximadamente una
disminución de 91 hectáreas. En forma indirecta, se destacan: la incorporación
de conjuntos de vivienda que no incrementan los espacios verdes de la población
existente en el entorno y solo alcanzan para los futuros habitantes de
dichos conjuntos de vivienda, tal los casos de las ex playas ferroviarias de
Caballito, Liniers, Sáenz y Buenos Aires; la incorporación de viviendas en
terrenos públicos que incrementan el déficit de espacios verdes, tal el caso de
las viviendas en la ex AU 3, entre Av. Congreso y Av. de Los Incas, incrementando
el déficit en una hectárea; la incorporación de espacios verdes poco
saludables, tal la ampliación de la ribera con rellenos sobre el río de La
Plata y en la desembocadura del Riachuelo, aproximadamente11 hectáreas; la
venta de tierra pública –Catalinas Sur y otros– que no se destinó a espacios
verdes y, que a su vez, amplía el déficit de espacios verdes en 5 hectáreas; la
densificación urbana, sin compensación ante las nuevas necesidades de espacios
verdes, equivalente a100 hectáreas por año.

Densidad de población y
criticidad de espacios verdes (MDU GCBA; ficha 2011)
Plan Buenos Aires Verde. Cuando se analiza la
expectativa de crecimiento poblacional (3.540.000 habitantes en 2030; en el
documento denominado “Modelo Territorial Buenos Aires 2010 – 2060”, del
Ministerio de Desarrollo Urbano – GCBA, se estima que para el 2060 la cantidad
de habitantes ascendería a 4.500.000 personas, equivalente a 640.000 habitantes
más para el 2034) se deduce inmediatamente que, lejos de cumplirse el mandato
constitucional de incrementar los espacios verdes (artículo 27º) se aumenta
el déficit, se disminuirían los exiguos 3,2 metros cuadrados por habitante
(2012) a 2,95 metros cuadrados de espacios verdes públicos por habitante en
2030. En la publicación “Incorporación de nuevos espacios públicos en la Ciudad
de Buenos Aires 2008 – 2012” del Ministerio de Desarrollo Urbano – GCBA se
detalla que la superficie de espacios
verdes públicos es de 924,65 hectáreas;
la superficie de espacios verdes es de 3,2 metros cuadrados por habitante.
Asimismo, en el documento “Programa Buenos Aires Verde” de 2012, entre otros,
se indica que la superficie verde requerida para mitigar un 5% de las emisiones
de CO2 actuales (superficie de masa arbórea) sería de 13.124 has., y la
superficie verde requerida para mitigar el impacto de la alta densidad
constructiva y poblacional en el área central, 163 has.
Incluso, la propuesta
distributiva de nuevos espacios verdes, prevista en 118,3 hectáreas (Buenos
Aires Verde en 20 años: 78 nuevas plazas, en 23,4 has; 31 plazas integradas en
10,8 has y 12 grandes parques en 84,1 has. Tabla en GCBA (2014), “Buenos Aires
Verde”, pág. 15), predominantemente se instalaría en la costa del corredor
norte –en tanto se desatienden los barrios con necesidad crítica, tales como
Almagro, Caballito y Flores–. Cabe consignar que la población teórica prevista
según el Código de Planeamiento Urbano (CPU) sería de 4 millones de residentes,
por tanto demandaría –no previsto en el CPU- 4.000 has de espacios verdes de
uso público, de las cuales no menos de 2.400 has deberían ser
distribuidas de modo proporcional con la densidad poblacional en todos los
barrios y Comunas.

Grandes Parques previstos en el
Plan Buenos Aires Verde 2014-2034 (84 has). Fuente: GCBA (2014), Buenos Aires
Verde, pág. 6.
Adaptación y Mitigación al Cambio
Climático. La Ley Nº 3.871, de octubre de 2011, establece criterios para reducir la
vulnerabilidad humana y de los sistemas naturales, en particular el
establecimiento de Acciones y Medidas Mínimas de Adaptación, en relación con el
sector urbanismo, espacios verdes y construcción, incluso se asigna evaluar el
impacto del cambio climático sobre los sectores de transporte, de provisión de
agua y del consumo de energía por vivienda. No fue reglamentada hasta 2014 y no
se implementó. No hubo campañas de concientización,
las normas de construcción sustentable se implementan parcialmente en algunos
edificios de la administración pública porteña, muy poco en los privados, y en cuanto al transporte limpio ni el
“nuevo” Metrobus puede llegar a tal calificación, puesto que no dejan de
utilizar combustibles fósiles aunque sí mejora por utilizar carriles exclusivos
(que
coadyuvan a cierta reducción de emisiones de gases con efecto invernadero
debido al tránsito continuo, una velocidad regular y mayor seguridad para todo
el tránsito vehicular).
La Ley Nº 4024, de enero de 2012, que apunta a sistemas de
captación de energía solar, para que se fomente y promueva el uso de
energías renovables, no se reglamentó. Entre sus objetivos figura el de
disminuir el consumo de energía proveniente de fuentes no renovables, lo
opuesto al Proyecto de Ley propuesto por el PE CABA en favor de usar
generadores de electricidad que utilizan
combustible fósil, en lugar de promover el uso de energías renovables para la
elevación de agua en las viviendas de baja y media densidad.
Ley Nº 4806 sobre Patrimonio Cultural de todas las
calles con adoquinado (noviembre
de 2013). La misma viene a perfeccionar la Ley Nº 65 y para evitar el
incremento del efecto “Isla de calor” que, al alentarse el uso del asfalto, un
recurso energético no renovable, aumenta
la temperatura en el espacio público–debido
al alto albedo del asfalto en comparación con la piedra de los adoquines–, así como facilita el aumento de la velocidad del tránsito
automotor y altera los ciclos del agua y del aire, contribuye
al aumento de la temperatura global, entre
otros aspectos. Se estima que se han
extraído adoquines y se asfaltaron, aproximadamente, 3.000 tramos de calles y, previsiblemente,
9.500 tramos de avenidas y calles están adoquinados con asfalto superpuesto.
Asimismo, incrementa los costos de
mantenimiento –no solo por requerir conservar el asfaltado cada 2 / 5 años,
en lugar de 100 años con el adoquinado– para alcanzar la situación previa: se
deben incorporar señalizaciones verticales y horizontales y semáforos para
reducir la velocidad que antes era reducida (menos de 40 km/hora) y no necesitaba ninguno de esos elementos.
Plan de Acción Buenos Aires 2010-2030. Cambio
Climático (APRA
– GCBA (2009; el Decreto 137/09, 5 de Marzo de 2009, dio el marco institucional
para diseñar e implementar el Plan de Acción en materia de Cambio Climático de
la Ciudad). Plantea como meta global reducir aproximadamente el 30 % de
emisiones de GEI en referencia a las emisiones del año 2008. Esto
significa5.130.881 toneladas menos de CO2 eq /año para el año 2030.El fin del
Plan de Acción fue poner a disposición de los vecinos de la ciudad las acciones
concretas de corto, mediano y largo plazo para prevenir los efectos del cambio
climático en todos los sectores identificados como vulnerables y prioritarios.
Cabe consignar que, mientras el Plan indicaba, en 2009, que “surge la
necesidad de afrontar de manera prioritaria el problema de las inundaciones en
la Ciudad de Buenos Aires, y priorizar las acciones preventivas destinadas a
reducir el riesgo de catástrofes” en
abril de 2012 se produjeron 8 muertes por las lluvias sobre la cuenca del Medrano.
Este Plan también estima que, como consecuencia de las condiciones de
inundabilidad de la ciudad, se pueden afectar entre 2.200 y 7.500 has, pudiendo
implicar entre 125.000 y 375.000 habitantes. También prevé que, ante el
incremento de la temperatura y los efectos isla de calor, aumentará la demanda
de energía en el periodo estival y “cortes en el suministro de energía”
(APRA – GCBA (2009), Plan de Acción Buenos Aires 2010-2030, Bs.As., pág. 140),
tal como sucedió en diciembre de 2013.

Inercia
y Deslegitimación
Desde el punto de vista de la
gestión del GCABA, el PUA tuvo entre el 2008 y el 2013 un contexto facilitador
con una mayoría de integrantes convergente con el Poder Ejecutivo y los más
altos presupuestos para gastos e inversiones generales. Entonces, ¿por qué
desjerarquizar al CoPUA? ¿Por qué limitar presupuestariamente al CoPUA
contrariando lo especificado en la Ley 2930? ¿Por qué no aceptar la labor
colegiada y poner en debate los aspectos urbano ambientales de nuestra ciudad?
¿Para que toda siga igual? El resultado evidente es que no obstante la Ley
2930 PUA se encuentra vigente “en los papeles”, el Código de Planeamiento de
1977 y su sustento, el Plano Director de 1962 (“Plan Director para la
Ciudad de Buenos Aires y Lineamientos Generales para el Área Metropolitana y su
Región”) “existe en los hechos” convergentes con las expectativas de los
desarrolladores y asociados funcionales, y divergente con muchos sectores de la
sociedad que deben incurrir en infinitas gestiones para salvaguardar sus
legítimos intereses –amparos, presentaciones al Ministerio Público, al
Defensor del Pueblo de CABA, a entes públicos, audiencias, marchas, pedidos de
informe, pedido de mediciones, presentaciones judiciales, pedidos en Comunas y
decenas de dependencias, notas en periódicos, blogs, mails informativos,
Facebook y otras redes sociales, conformación de ONGs, reuniones de debate,
etc. Así, se convierte en un accionar inconstitucional al gestionarse en
función del interés inmobiliario, de maximizar la renta urbana, de dilatar la
definición de los nuevos instrumentos, y al desatender los aspectos
urbano-ambientales, los procesos ecológicos esenciales, las contribuciones para
las generaciones y la interdependencia metropolitana.

Centralidad y Desigualdad
Si bien el PUA normado podría
calificarse de procurar una “suboptimización”, “de alentar mejoras” para
“alcanzar equiparaciones territoriales a mediano plazo”, los desvíos y la
inacción evidenciada sobre los diversos rubros del plan solo consolidan y redundan
en un incremento de la monocentralidad metropolitana, a la vez que crece la congestión en los subcentros de
CABA y la gentrificación selectiva en los barrios de alta renta urbana.
A la vez, se siguen perdiendo grandes fracciones de tierra pública amplificando
una densificación con actividades funcionales al Área Central, a la
privatización de bienes sociales y a los intereses de los desarrolladores,
perdiendo la oportunidad por desconcentrar actividades y descentralizar la
gestión sociopolítica, a la vez que asistir a los sectores sociales más
carenciados.
Por otra parte, no obstante el
desarrollo del sistema de bicicletas públicas y los carriles exclusivos para
ciclistas, así como el Metrobus, se prioriza al tránsito vehicular motorizado
en nombre de la “eficiencia” –con túneles para automotores y ampliación de
carriles para automotores– y una jerarquización vial en correspondencia con el
Área Central, coadyuvando, más que a la
organización urbano ambiental de CABA en el contexto metropolitano, al proceso de expansión con baja densidad de
la Región Metropolitana y destrucción de humedales y tierras agroecológicas
óptimas, prorrogando la última década del siglo XX.
Imagen satelital nocturna del
Área Metropolitana Buenos Aires.
Fuente:
http://commons.wikimedia.org/wiki/File%3ANASA_ISS006-E-24987.jpg
Los primeros motores de lo urbano
son la renta de la tierra y las inversiones públicas. En tanto no se regulen y
se redistribuyan los beneficios de la aglomeración a la comunidad, se elevará y concentrará aún más la renta
urbana al tender a un “crecimiento infinito” por conversión de la tierra rural
en urbana, de las demoliciones del patrimonio inmobiliario en edificios con
mayor superficie cubierta y al transferirse la tierra pública para desarrollos
privados destinados a sectores de altos ingresos –Mercados; Puerto Madero;
playas ferroviarias de Liniers, Caballito, Pacífico; lotes en Catalinas Norte,
Isla Demarchi, antepuerto; ex Boca Juniors; tierras ferroviarias en Caballito;
etc.
Además, cuando se acredita la
mayor densificación y los desarrolladores se comportan monopólicamente en los
mercados de la tierra, se asiste a un
escenario de presión sobre el Área Central – Corredores para contar con la
asistencia de inversiones públicas que faciliten la accesibilidadmetropolitana
a las mismas y optimicen sus infraestructuras, elevando aún más el precio de la
tierra para su apropiación privada. Dichos incrementos y la falta de inversiones equivalentes en otros
sectores urbanos de CABA y de la Región Metropolitana llevan a dos aspectos
críticos: el “derrame” del precio de la tierra que expulsa a los vecinos de
CABA de menores ingresos y condiciona las migraciones de la población e
incrementa las desigualdades territoriales, a la vez que la monocentralidad
seguirá demandando mayores inversiones públicas para “mantener” y “actualizar”
su accesibilidad “competitiva”. Es un
proceso de metropolización con actores concretos y permisividad gubernamental,
“decididamente”insostenible.
El
interés inmobiliario y el desinterés
social con expulsión y víctimas inocentes también es un rasgo de este
período. Es imposible dejar de entrever la interdependencia entre edificios con
valor patrimonial, desalojos forzados, demoliciones, nuevas construcciones,
falta de fiscalización, derrumbes, presión sobre la infraestructura, expulsados
y personas en situación de calle, demolición de no menos de 87 edificios con
valor patrimonial, y 84 con denuncias o pedidos de amparos ante acciones
contrarias a la protección de los inmuebles. Además de un lamentable resultado
evitable de personas intoxicadas, detenidas, evacuadas, heridas y muertas. No
menos de 15.000 familias fueron desalojadas entre diciembre de 2007 y junio de
2013, y de modo forzoso 1.736 familias –aproximadamente 7.812 personas, de las
cuales 2.604 serían niños–, entre los cuales hubo detenidos, heridos e
intoxicados por gases lacrimógenos. No menos de 154 personas murieron en
situación de calle entre diciembre de 2007 y junio de 2013. No menos de 55
siniestros en demoliciones o edificios en construcción con 17 muertos, en su
mayor parte obreros de la construcción, 122 heridos y 613 vecinos evacuados
durante el mismo periodo.
Es
parte de un cuadro donde parece que los
vecinos son solo los propietarios y donde la densificación destruye lo
barrial, y la ciudad se aleja de
conformarse como proceso de construcción histórica y se transforma en mera
urbanidad, modernidad impuesta por los grandes inversores.
Conclusión
Provisoria
La falta de iniciativas del CoPUA
y la mayor dedicación burocrática del mismo sobre interpretaciones de lo
codificado en el Código de Planeamiento Urbano (CPU) –por tanto, sin ocuparse por el futuro de la ciudad en
el contexto metropolitano pero sí de viabilizar, en muchos casos, materias
cuestionables o de ralentizar consultas técnicas de la Legislatura– es un
claro indicador político que, ante el vacío, inhibe la participación de la
población, habilitando en simultáneo ejecuciones descontextualizadas,
sectoriales, como marcas coyunturales que se imponen sin comprensión
sociocultural. La planificación de la ciudad solo es entendida como ideario
argumental de quién toma decisiones, para lo cual, la ausencia de
información sobre el bien en elaboración es el medio adecuado para irrumpir
“mágicamente” vía propagandas dirigidas
–lo cual lleva a un estilo de actuación antidemocrática– que, en tanto aísla
los procesos con contenido socioambiental, incentiva los valores de
rentabilidad/ expulsión.
La falta de ajuste de los
lineamientos y de las acciones previstas en el PUA, así como la falta de
definición del Modelo Territorial desmerecen lo actuado normativamente y, por
inacción, se desacopla para actualizarlo ante los importantes cambios sociales,
ambientales, tecnológicos y económicos acontecidos. En tanto, es fácil observar cómo se recalifican
muchas ciudades del mundo –en particular latinoamericanas- en comparación con
nuestra ciudad, y como esas ciudades
han orientado y optimizado sus espacios públicos, la atención a los sectores
sociales más postergados, la protección patrimonial, el transporte como sistema
de movilidad, así como, en muchos casos, una reconversión profunda en clave de
sostenibilidad energética, de adecuación integral al cambio climático y de
alimentación local
¿Con que instrumentos hay que trabajar/ actuar?
Pla-ni-fi-can-do para/con la comunidad y ac-tuan-do mirando el futuro con responsabilidad intergeneracional, donde las
metas no son los metros cuadrados de edificios construidos o de asfalto sobre
el adoquinado, o de aumento del precio de la tierra, sino de mejoras socio-ambientales concretas: menos
ruidos, menos polución, aguas e industrias más limpias, espacios públicos más
seguros y permeables, mejores condiciones de habitabilidad generalizada,
más forestación y nuevos espacios verdes, menos velocidad para los vehículos
motorizados, pacificación del tránsito, mejorando-mejorando-mejorando el
transporte público, sin autos transitando con una sola persona, menos
concentración en el área central y más descentralización y desconcentración,
informar y concientizar sobre los riesgos y vulnerabilidades, un financiamiento
–a redistribuir– en base a los altos ingresos y a la renta urbana, etc. Tenemos
derecho a alcanzar una ciudad integrada, policéntrica, saludable, plural y
diversa, así como debemos contar con una concordancia efectiva entre las
políticas consensuadas y el accionar gubernamental.
ML
El autor es Planificador Urbano
Regional, ex Consejero del Plan Urbano Ambiental de CABA, profesor en la
Maestría en Tecnologías Urbanas Sostenibles –FI UBA.
Existe una publicación del año 2011,
editada por la Subsecretaría de Planeamiento – Ministerio de Desarrollo Urbano,
denominado Modelo
Territorial Buenos Aires 2010-2060, (ISBN 978-987-26328-5-4) que no reúne ninguna de las características
que se enumeran seguidamente en el texto principal. El ensayo distorsiona las
“Visiones Estratégicas” y el “Sistema Propositivo” establecido en la Ley 2930
al narrar escenarios aislados como “La Ciudad Pensada”, “La Ciudad Tendencial”,
“La Ciudad Deseada” y “La Ciudad Sustentable” puesto que, cada una de esas
configuraciones, responden a objetivos y metas diferentes. Ese tipo de
ejercicio, en parte, se utilizaba en la década de los ´80 para debatir y
visualizar estrategias propias de la prospectiva antes de definir las metas
efectivas a alcanzar. Actualmente, pero
atendiendo un sistema de variables dependiente de las energías conocidas, se
utilizan escenarios de alta incertidumbre tecnológica y sociocultural como son
los de cambio climático propuestos por el Panel Internacional de Cambio
Climático de Naciones Unidas. (ML)
Sobre el Modelo Territorial, ver también
entre otras notas en café de las ciudades:
Número 118 | Planes de las
ciudades
Apuntes para una crítica al Modelo
Territorial de Buenos Aires | Lo
que plantea y lo que excluye | Guillermo Jajamovich
Sobre el Plan Urbano Ambiental:
Número 21 | Planes
El Plan Urbano Ambiental de Buenos
Aires | Origen y situación
actual. | Rubén Gazzoli
Número 60 | Planes de las
ciudades (I)
El Plan Urbano Ambiental: momento de
decisión | Un marco legal imprescindible para
Buenos Aires | Mario Sabugo
Número 63 | Planes de las
ciudades (II)
Valija de Antonini Wilson 14 - Plan
Urbano Ambiental de Buenos Aires 1 | En
el juego mediático, el planeamiento de la Ciudad pierde por
goleada | Artemio Abba
Número 66 | Planes y Política
de las Ciudades (I)
Aprobar y mejorar el PUA | Presentación
en la Audiencia Pública del Plan Urbano Ambiental de Buenos
Aires | Marcelo Corti
Número 84 | Planes de las
ciudades (I)
El Plan Urbano Ambiental de Buenos
Aires | Un análisis crítico de la legislación
argentina (III) | Marcelo Corti
Número 84 | Planes de las
Ciudades (II)
La ley protege la inequidad en la
Ciudad | Sobre el Plan Urbano Ambiental de
Buenos Aires | Martín Hourest
Número 125 | Un análisis
crítico de la legislación argentina (XV)
La Ley 4477 de la Ciudad de Buenos
Aires | Las playas ferroviarias y “el Plan que
realmente existe” | Marcelo Corti
Y sobre el Código de Planeamiento
Urbano:
Número 47 | Planes de las
ciudades
Cómo cambiar de una vez
por todas el ya agotado (y además confuso) Código de Planeamiento Urbano de
Buenos Aires | Apuntes
para una normativa urbana (III). | Mario L. Tercco |
Número 53 | Política de las
ciudades (I)
Las políticas urbanísticas en su laberinto
(I) | El Código de Planeamiento Urbano de
Buenos Aires o la quimera de la Planificación: la densificación vertical de la
Avenida Pedro Goyena, en Caballito y Flores. | Daniela Szajnberg y
Christian Cordara |
Número 54 | Política de las
ciudades
Las políticas urbanísticas en su
laberinto (II) | El Código de Planeamiento
Urbano de Buenos Aires o la quimera de la Planificación: la densificación
vertical de la Avenida Pedro Goyena, en Caballito y Flores. | Daniela
Szajnberg y Christian Cordara |
Número 62 | Planes y Política
de las ciudades
Normativa urbanística:
la articulación entre planeamiento, participación y gestión | Sobre
los conflictos alrededor del Código de Planeamiento Urbano de Buenos
Aires | Marcelo Corti