Gestión
de los espacios subnacionales metropolitanos
Nuevos ámbitos
socio-territoriales huérfanos de institucionalidad.
Por
Artemio Pedro Abba
A
Cesar Vapñarsky
Fue un precursor
en la Argentina en la investigación de la dimensión
de la institucionalidad socio-territorial y un maestro y amigo insustituible.
(APA)

Introducción
Las transformaciones
socio-territoriales en el siglo XX han sido tan profundas que la
organización política-territorial de los Estados Nacionales
ingresa al siglo XXI con desajustes no previstos. Esto ha originado
una búsqueda de nuevas unidades de organización
supra y sub-nacional que sean más compatibles con los
desafíos de la nueva realidad mundial, regional y nacional.
En la escala
supra-nacional, se evidenciaron con la formación de bloques
continentales, o subcontinentales, formando unidades económicas
de mayor escala y competitividad. En el Continente Europeo, se avanzó
en esa dirección lenta pero firmemente hacia una madura formación
de institucionalidad constituyendo la Comunidad Económica
Europea, o el más reciente y cercano proceso de asociación
iniciado en el cono sur de América, el MERCOSUR.
A nivel subnacional
ya se había experimentado la formación de institucionalidad
en una escala regional, partiendo del histórico pensamiento
del movimiento regionalista, a fin de reestructurar los espacios
socio-territoriales ensayando un nivel adecuado de planificación
nacional. Esta reorganización, que tiene dimensiones múltiples
(administrativas, jurídicas y políticas), encontró
mayor viabilidad en los países de organización unitaria,
en los que la provincia, cuando existe, solo tiene una entidad administrativa
sin identidad política.
En algunos países
de Europa las regiones alcanzan un status de peso en el sistema
de planificación y hasta se transforman en espacios políticos
con autoridades electas, como en el caso italiano. En cambio, la
regionalización intentada en la Argentina en los ‘60-‘70,
Consejo Nacional de Desarrollo (CONADE) y Consejo Nacional de Seguridad
(CONASE), no alcanzó a imbricarse en el sistema federal del
país (en las últimas décadas se han registrado
otras experiencias de conformación de regiones, pero surgidas
desde las provincias como pactos ínterestaduales:
Norte Grande, Región Centro, etc.).
En el Siglo
que comienza, los sistemas urbanos que se expanden física
y funcionalmente sin reconocer límites jurisdiccionales en
el territorio se posicionan como otro tipo de espacio socio-territorial
subnacional de importancia central (aglomeraciones metropolitanas,
conurbaciones, sistemas urbanos, etc.). Por otra parte, estos asentamientos
urbanos, dado su carácter estructurador del territorio, son
menos "adaptables" a la armazón administrativa-política
histórica del territorio que los asentamientos rurales de
amplio predominio en el pasado.
Los sistemas
urbanos, que también han adquirido protagonismo en los espacios
supranacionales (Sistemas urbanos en la Comunidad Económica
Europea -CEE-, Borja y Forn), constituyen una nueva escala de
organización de los asentamientos humanos que deben alcanzar
ciertos niveles de institucionalidad que les permita resolver las
problemáticas específicas que se originan en estos
espacios emergentes. Las aglomeraciones metropolitanas constituyen
el caso más evidente de espacio socio-territorial huérfano
de institucionalidad que viabilice la resolución de los
problemas intrínsecamente metropolitanos (aquellos problemas
en los que la interjurisdiccionalidad es una de las cuestiones a
resolver; Abba, Gil y Poggiese, 1990).
Es conveniente
recalcar el carácter insustituible de esta búsqueda
de institucionalidad que intenta reconocer "subsistemas que
funcionan con ciertos niveles de autosuficiencia" (si bien
se entiende que los asentamientos humanos son sistemas abiertos,
se puede buscar aquellas unidades al interior de las que se registran
los mayores niveles interrelación de los componentes espaciales
que la integran, aproximándolos a los sistemas semi-cerrados)
y, al interior de los cuales, el impacto de las acciones tiene mayor
incidencia sobre el resto de los componentes de esta unidad de organización.
No se puede tomar institucionalidad prestada de otras unidades
de organización que tienen fines específicos, tales
como la unidad de cuenca, unidad social, unidad étnica, etc.
El reconocimiento de la institucionalidad metropolitana mejoraría
la efectividad de las políticas públicas que los estados
nacionales tienden a descentralizar para su gestión u ejecución
en los gobiernos "subnacionales" mas afines a las necesidades
locales (Rojas, E, 2005).
Si bien deben
mencionarse intentos de organismos nacionales y provinciales, por
un lado, tratando de dar racionalidad a los grandes proyectos de
tipo interjurisdiccional, o por el otro, desde el nivel local buscando
formas de asociación para negociar un tratamiento mas integral
en esa escala, estas experiencias no han contribuido a la formación
de institucionalidad perdurable. "A precariedade institucional
em que decorren estas pratícas nao conduziu a estádios
mais maduros de desenvolvimiento da solidariedade inter-municipal,
sobretodo no caso das áreas metropolitanas ande os problemas
de interdependéncia eram mais evidentes e os recursos técnicos
mais disponíveis" (Portas, N., Domingues, A. y Cabral,
J, 2003).
1. La cuestión de las áreas metropolitanas en Argentina
En el caso argentino,
el corto ejercicio se remonta a los años 60-70, que aportó
la Prefectura Gran Rosario y la Región Metropolitana de Buenos
Aires. De institucionalidad mas profunda la primera, ambas fueron
de breve existencia y no dejaron ningún andamiaje institucional
aun vigente que pueda aprovecharse (la experiencia más significativa
fue la creación de la Prefectura Gran Rosario entre los años
196_-1976, y la Oficina Regional del Área Metropolitana de
Buenos Aires en el período 1969.1972). Esto coincidió
con una corriente internacional que, en los años 60 y 70,
realizó intentos de creación rápida de complejos
modelos de gestión para el abordaje de estos nuevos problemas
planteados por la fuerte urbanización y la concentración
en áreas metropolitanas (Klink, J., 2005).

Después
de esta breve experiencia se ha venido retrocediendo en materia
de formas de asociación interjurisdiccional, a contramano
del continuo crecimiento de los problemas y la complejidad institucional
de tales áreas. La situación actual muestra el momento
de mayor complejidad institucional y peor momento de nivel de asociación
en la resolución de los problemas.
La tendencia
a la urbanización del territorio y la concentración
en asentamientos urbanos multijurisdiccionales (se considera
en este caso las localidades definidas por el INDEC
como "compuestas", las que se extienden sobre dos o más
áreas político-administrativas, definidas a continuación
como de 1er. y 3er. Orden; el organismo mencionado, responsable
a nivel nacional de las estadísticas y censos, diferencia
tres niveles de jurisdicciones; ver Glosario
Localidades)
impone nuevas escalas de actuación para el ordenamiento y
desarrollo territorial en el país. Ha emergido la dimensión
metropolitana como un importante espacio de resolución de
problemas a través de la ejecución de políticas
públicas y acciones colectivas de especificidad metropolitana.
En el 2001,
los residentes en las 26 aglomeraciones metropolitanas de más
de 50 mil habitantes alcanzan casi el 60 % del total de la población
del país y el 66 % de la urbana (ver Tabla Nº 1). Esto
debe llamar la atención sobre la necesidad de incorporar
formas de gestión adecuadas a estos espacios subnacionales
que inciden sobre el presente y futuro de una porción mayoritaria
de la población.

Hoy, el número
de áreas metropolitanas y la población habitando en
ellas han aumentado considerablemente, así como la complejidad
institucional de las mismas. Sin embargo, después de las
experiencias citadas nada se ha avanzado en materia de institucionalidad
metropolitana.
Se encuentra
así un obstáculo a los esfuerzos sociales para resolver
problemas de mejoras en la calidad de vida de la población
que reside en estas aglomeraciones. Frente a la cuestión
de la creación de institucionalidad metropolitana se pueden
presentar diferentes situaciones en el marco de la organización
político-administrativa del país, que debieran identificarse
si se quiere abordar el tema.
2. Tipos de Complejidad Institucional
2.1.
Grado de Interjurisdiccionalidad (GI)
Los Grados de
Interjurisdiccionalidad posible en las aglomeraciones, o localidades
compuestas (para una mayor profundización ver el Glosario
sobre el Concepto de Localidad), que se originan en la diferenciación
institucional de sus componentes, se han bosquejado en el Cuadro
Nº 1 y el Grafico Nº 1. Se han identificado 6 situaciones posibles
que se describen a continuación:

Los casos de
mayor grado de interjurisdiccionalidad, los que presentan mayores
dificultades para alcanzar formas asociadas de gestión, son
los menos frecuentes. Estos asentamientos urbanos, debido
a su expansión en el territorio se extienden en más
de una Provincia (son las que el INDEC denomina Jurisdicciones de
primer orden; integran esta lista las veintitrés provincias
argentinas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

El Gran Buenos
Aires, que alcanza el Grado V, es el caso de mayor diferenciación
interjurisdiccional presente en el país en la actual situación.
El tipo teórico más complejo, de Grado VI, se puede
dar en el futuro si se anexan físicamente el Gran Buenos
Aires y el Gran La Plata. Este grado de interjurisdiccionalidad
se presenta en el caso de México en la Zona Metropolitana
del Valle de México (en el caso de la Zona Metropolitana
del Valle de México, con 18,5 millones de habitantes, quedan
incluidos tres Estados: México, Hidalgo y el Distrito Federal,
incluyendo la Ciudad de Toluca, capital del Estado de México;
SEDESOL-INEGI-CONAPO, México, 2004).

Mapa
Nº 2 – Aglomeración Viedma-Patagones
Las localidades
compuestas Neuquén-Plottier-Cipolletti (provincias de Neuquén
y Río Negro) y Viedma–Carmen de Patagones (provincias de
Río Negro y Buenos Aires) son los casos de Grado IV presentes
en el país. Estas localidades compuestas presentan componentes
que pertenecen a dos provincias diferentes y uno de ellos, la
ciudad de Neuquén en un caso y la ciudad de Viedma en el
otro, son capitales provinciales.

Mapa
Nº 3 – Neuquén-Cipolletti
Si bien la situación
tiene ciertas semejanzas jurisdiccionales y geográficas,
la diferencia es muy significativa si se tiene en cuenta la talla
de las aglomeraciones. Mientras Neuquén-Plottier-Cipolletti
alcanza casi los 300 mil habitantes, Viedma-Carmen de Patagones
esta por debajo de los 70 mil.
San Francisco-Frontera
(provincias de Córdoba y Santa Fe), es el único caso
de Grado III existente en el país. Es el tipo de localidad
compuesta: presenta componentes que no pertenecen a la misma provincia,
pero ninguna de las Áreas de Gobierno Local (AGL) presentes
en la aglomeración tiene funciones de capitalidad.
En el caso de
interjurisdiccionalidad de Grado II, la localidad compuesta está
formada por componentes pertenecientes a una sola jurisdicción
de 1er. Orden (Provincia) pero una de las AGL es también
Capital Provincial. Este caso es muy frecuente, por la fuerte primacía
que este tipo de localidad compuesta alcanza en las provincias.
Es el caso mas
numeroso entre las localidades compuestas de mas de 50 mil habitantes;
se origina en la fuerte atracción que sobre las migraciones
internas ejercen las ciudades sedes de los órganos de gobierno
de las provincias. La elevada oferta de empleo público es
uno de los principales factores de gravitación de estos centros;
el 70 % de las capitales provinciales se ajustan a este tipo de
aglomeración.

Mapa
Nº 4 – Aglomeración Gran San Juan
Finalmente,
el caso de interjurisdiccionalidad de Grado I es el la localidad
compuesta en la que ninguno de los componentes tiene funciones de
capitalidad. Es el nivel más simple de diferenciación
interjurisdiccional registrado entre las aglomeraciones metropolitanas.

Mapa
Nº 5 – Aglomeración Gran Villa Carlos Paz
Corresponden
a esta situación de Interjurisdiccionalidad, los casos de
Gran Rosario (Santa Fe), Villa María-Villa Nueva (Córdoba),
Reconquista-Avellaneda (Santa Fe) y San Martín-La Colonia
(Mendoza). Existen muchos mas casos de aglomeración Grado
I pero no superan los 50 mil habitantes y por eso no se incluyen
en esta primera identificación.
2.2. Nivel de Interjurisdiccionalidad (NI)
Por otra parte,
para cada Grado de Interjurisdiccionalidad se puede medir el Nivel
de Interjurisdiccionalidad (NI) alcanzado. Ambas variables determinan
el Tipo de Complejidad Institucional (TCI) presente en las diferentes
Áreas Metropolitanas.
La medida del
NI es la relación entre el "componente central"
y el "componente exterior" que integran la localidad
compuesta (coincide con la definición del INDEC de componente
de las localidades compuestas y el denominado en este trabajo "componente
central" coincide empíricamente con la definición
de componente principal de dicho organismo para las 26 aglomeraciones
consideradas; finalmente, lo que en este trabajo se denomina "componente
exterior" coincide con el resto de las AGL que forman la localidad
compuesta para el INDEC; ver Glosario
Localidades).
Se denomina central a la AGL que tiene funciones de capitalidad
o bien constituye la AGL cabecera histórica de la aglomeración,
y al conjunto del resto de los componentes se los denomina componente
exterior.
Este indicador
permite relacionar la dimensión del AGL "cabecera"
con la dimensión del conjunto de las AGL que se fueron incorporando
a la aglomeración. Es probable que esta relación haya
variado históricamente en la mayoría de los casos,
mostrando el peso que el componente central fue teniendo en el liderazgo
de la toma de decisiones en la aglomeración, como fue estudiado
para la Aglomeración Gran Buenos Aires (Abba, A, 2006).
En el resto
de las áreas metropolitanas y subsistemas urbanos nacionales
se registra una diversidad muy grande de situaciones que, generalmente,
parten de la preeminencia de la ciudad originaria sobre el componente
exterior. Pero al aumentar generalmente el peso de la extensión
por fuera del área de gobierno local central, aumenta la
falta de legitimidad de una gestión centralizada.

El NI más
alto se registra en el caso de la Aglomeración Gran Mendoza,
en la que este valor se aproxima a 7 y tiende a aumentar, dado que
el Departamento Capital marcha a perder población y presentan
un sentido creciente los departamentos que forman el componente
exterior. Los casos que le siguen son el ya mencionado de la Aglomeración
Gran Buenos Aires, NI: 3,02, y el Gran San Juan, NI: 2,64.
2.3. Los Tipos de Complejidad Institucional (TCI)
La cuestión
metropolitana en el país presenta diversos tipos de situaciones
que se pueden sintetizar en tres subconjuntos. Los casos de mayor
complejidad institucional, A, se concentran en unas pocas aglomeraciones
interprovinciales. Se trata de las aglomeraciones Gran Buenos Aires
(Ciudad de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires), Viedma-Carmen
de Patagones, Neuquén-Cipolletti y San Francisco-Frontera.
En estos casos
la posible asociación se enfrenta con la dificultad de que
el régimen federal no contempla ningún nivel organizacional
de tipo político intermedio entre la Nación y las
Provincias. De cualquier manera existe una fuerte diferencia
entre las 4 aglomeraciones respecto de su Nivel de Complejidad Institucional.
El AMBA presenta un Grado V de Interjurisdiccionalidad y 3 de Nivel
de Interjurisdiccionalidad, es el caso más complejo en el
cuadro de las metrópolis nacionales y, además, ejerce
una fuerte primacía en el sistema urbano nacional.

Le siguen dos
casos de aglomeraciones de GI: IV pero de talla considerablemente
menor respecto del primer caso analizado (una de 300 mil y dos de
alrededor de 70 mil). Se destaca el caso de Neuquén-Cipolletti
por ser cabecera del importante subsistema urbano patagónico
del Alto Valle y por su considerable talla y el NI: 0,44, siguiéndole
el caso de Viedma-Patagones, GI: IV, NI: 0,4.
El caso de San
Francisco-Frontera es de mucha menor complejidad dado que no contiene
ninguna AGL capital de provincia; GI: III, y además de ser
de una talla mucho menor presenta un bajo nivel de interjurisdiccionalidad,
NI: 0,18.

Un segundo grupo
de parecido Nivel de Complejidad, B, está constituido por
los casos de Grado de Interjurisdiccionalidad II y I. Estas aglomeraciones
no contienen componentes que pertenezcan a provincias diferentes
simplificando las cuestiones de gestión, al no intervenir
la jurisdicción nacional.
Un primer grupo
lo constituyen la mayoría de las capitales provinciales (16
sobre 23), que presentan un Grado II de interjurisdiccionalidad,
Puede observarse igualmente que en este grupo, el mas numeroso,
se registran significativas diferencias según Nivel de Interjurisdiccionalidad,
ver Tabla Nº 3.
Se destacan
los casos ya mencionados de Gran Mendoza y Gran San Juan, (NI: 6,65
y 2,64, respectivamente), por la mayor expansión de los núcleos
originarios sobre áreas de gobierno local (AGL) vecinas.
En estos casos, el NI indica que los habitantes del extra-radio
central superan largamente a los que habitan en la AGL central.
Pueden mencionarse,
en orden de importancia, los 7 casos en que el NI presenta un nivel
intermedio (entre 0,42 y 0,11). En estos casos la Interjurisdiccionalidad
es incipiente pero debe tenerse en cuenta la tendencia creciente
en el último período intercensal.
Finalmente hay
aglomeraciones que presentan la situación mas simple de interjurisdiccionalidad,
GI: I, pero entre los que debe destacarse la presencia del Gran
Rosario por la importancia de su tamaño poblacional y, si
bien el NI es moderado, es importante la población y la AGL
extrarradio involucradas.
Visto desde
el Nivel de Complejidad, se pueden considerar un grupo adicional
que se intercepta con los anteriores, C, en los casos que los NI
menores a 0,1. Si bien la evolución muestra un creciente
peso del (o los) componente (s) secundario (s) no parecieran por
el momento complicar la gestión centralizada.
3. Formas de Institucionalidad alternativas
Tal como se
describió, gran parte de la población del país
reside en asentamientos humanos que padecen situaciones de complejidad
institucional que dificultan la resolución de los problemas
urbanos por la fragmentación de la gestión. Solo
la formación de institucionalidad metropolitana, adecuada
a cada caso, permitirá aumentar la efectividad de las inversiones
que vienen realizando el Estado Nacional, Provincias y Municipios.
Una apuesta
a saltear estos pasos, que suelen ser lentos y complejos, pierde
continuidad y capacidad de acumulación, que en los procesos
de formación de institucionalidad son requisitos primarios.
Uno de los principales requerimientos para iniciar un camino exitoso
en materia de cooperación o asociación entre las jurisdicciones
que componen una aglomeración es la identificación
del tipo de complejidad institucional que se registra en cada caso.
El análisis
efectuado precedentemente permite sintetizar las situaciones halladas
en el país en tres Tipos de Complejidad Institucional (TCI,
ver el Gráfico Nº 3), y proponer una selección de
alternativas de desarrollo de institucionalidad metropolitana
acordes. Se proponen tres conjuntos de sub-alternativas, que se
corresponden con grados de profundidad posible según los
niveles de complejidad institucional identificados.

El menú
de formas de institucionalidad es incluyente de toda forma de asociación
interjurisdiccional, aunque la competencia de gestión sea
solo de carácter sectorial, dado la visión evolutiva
que se le asigna a la formación de institucionalidad metropolitana.
Lefévre, en un reciente trabajo, limita el inventario a ordenamientos
que pueden producir políticas intersectoriales integradas,
por la índole cada vez mas intersectorial de los problemas
metropolitanos (Lefévre, C, 2005).
El primer grupo
de casos son los que, por presentar GI de III a V, con NI alto o
medio, están inhibidos de plantear un arreglo institucional
que implique un espacio político intermedio entre el Estado
provincial y el Estado nacional. Las alternativas identificadas
son las siguientes, ordenadas de menor a mayor grado de institucionalidad:
- Empresas
sectoriales interjurisdiccionales que cubren el espacio metropolitano
pero que actúan desde el ámbito nacional o se crean
mediante acuerdos interjurisdiccionales (caso de los
Distritos Especiales de Estados Unidos, Lefévre, C, 2005,
o los casos del CEAMSE, ETOSS y Mercado Central en la Aglomeración
Gran Buenos Aires, Argentina).
- Programas
de acción intermunicipal e interprovincial llevados
adelantes desde el ámbito nacional. El Estado Nacional
podría impulsar la cooperación interjurisdiccional
recomendando o como una exigencia para la utilización de
recursos específicos para el desarrollo de políticas
urbanas metropolitanas (Empresas de servicios interjurisdiccionales,
autoridades de transporte metropolitano, etc.).
- Consejo
Metropolitano con participación nacional, provincial
y municipal y Agencia metropolitana como Secretaría Ejecutiva,
cuya misión sería facilitar la participación
ciudadana y la articulación de proyectos sobre temáticas
metropolitanas (proyecto de la Fundación Metropolitana
para la Aglomeración Gran Buenos Aires, basado en la Propuesta
de la Fundación Argentina de Recursos Naturales, FARN,
Foro Fundación Metropolitana, 2006, y FARN, 2002).
- Parlamento
Metropolitano, compuesto en forma proporcional por legisladores
de las Legislaturas de las provincias involucradas y que se corresponden
con las secciones electorales sobre las que se extiende la aglomeración
metropolitana (Parlamento Metropolitano-Zona Metropolitana del
Valle de México, Sodi De La Tijera, D., 2005, y Peña
Nieto, E., 2006, y ver propuesta
para el caso del AMBA,
Abba, A., 2006)
El segundo grupo
de casos corresponde a situaciones de menor complejidad institucional,
por corresponderse con la presencia de más de un AGL, pero
dentro del territorio de un único Estado provincial, con
NI alto o medio. En este caso se plantean varias opciones, que deben
ajustarse a las distintas Constituciones Provinciales, a los respectivos
Regímenes Municipales Provinciales y a los niveles de Autonomía
alcanzados por las AGL. Los modelos de institucionalidad adaptables
a estas situaciones institucionales pueden sintetizarse de la manera
siguiente:
- Empresas
provinciales que cubran una función sectorial en el
territorio de la aglomeración, ídem caso empresas
nacionales sectoriales.
- Programas
de acción intermunicipal llevados adelantes desde el
ámbito provincial, ídem caso propuesto a nivel nacional.
- Constitución
de un órgano permanente de cooperación intermunicipal;
se constituye una institucionalidad basada en la cooperación
voluntaria u obligatoria entre las municipalidades del área
metropolitana (Lefévre, C, 2005). Las "communatés
d’agglomératión" y las "communatés
urbaines" francesas y la "Communaté Metropolitaine
de Montreal" son ejemplos mencionados por el autor citado.
- Constitución
de un gobierno supramunicipal con autoridades elegidas
en forma directa, con funciones intersectoriales, recursos propios
y jurisdicción sobre el área metropolitana, (Lefévre,
C, 2005). La Comunidad Autónoma de Madrid, el Distrito
Metropolitano de Quito, el Distrito Metropolitano de Caracas,
el Distrito Metropolitano de Bogotá, the Verband Región
Stuttgart (Asociación Regional de Stuttgart y la Greater
London Autority pueden mencionarse como ejemplos de gobierno metropolitano
supramunicipal.
Finalmente,
en los casos en que el NI es muy bajo se puede apelar al liderazgo
informal de la ciudad central, que es como operan en la práctica
muchas de las aglomeraciones de este tipo, bajo la alternativa de
un Plan Estratégico común o simplemente por
la coordinación de acciones. Sin embargo dada la tendencia
predominante de crecimiento de la complejidad institucional, debe
preverse en todos los casos la formación de institucionalidad
para el funcionamiento futuro de las aglomeraciones metropolitanas
del país.
4. Conclusiones
Como ya fue
expresado previamente, las dos terceras partes de la población
urbana del país reside en aglomeraciones metropolitanas (considerando
las de más de 50 mil habitantes), en un contexto de complejidad
institucional creciente dada la continua expansión territorial.
Esto implica que casi el 60 % de la población total del país
está crecientemente sometida a problemas de su hábitat
que superan ampliamente las posibilidades de gestión de las
autoridades locales.
Es una de las
escala subnacionales emergentes de la nueva realidad nacional y
regional, que padece la situación mas grave de orfandad institucional.
El presente aporte está dirigido a caracterizar este nutrido
grupo de tipos de aglomeraciones y abrir el camino al intento de
formación de institucionalidad de estos nuevos espacios sociales.
Tal como surge
de la clasificación en grandes grupos de casos, existe un
primer nivel de complejidad institucional, aquellas aglomeraciones
en que aun es muy fuerte la primacía interna de la ciudad
cabecera, en las que el liderazgo de esta última puede legitimar
una gestión asociada. Esto ha sucedido históricamente
en la mayoría de los casos, especialmente cuando el predominio
poblacional se suma a la condición de capitalidad.
Sin embargo,
en este escalón primario de complejidad institucional, tanto
el gobierno nacional como el provincial pueden jugar un rol importante
si favorecen o requieren algún grado de formalización
de la gestión asociada de problemáticas comunes a
través de convenios, planes estratégicos, programas
de acción coligada, etc. de carácter intermunicipal.
Estas herramientas rudimentarias de gestión asociada permitirían
formar un armazón institucional que iría acumulando
políticas supramunicipales y, en lo posible, plurianuales.
El escalón
siguiente de complejidad institucional es aquel en el que aumenta
el peso de las áreas de gobierno local pertenecientes al
componente externo de la aglomeración, pero dentro del ámbito
de una única provincia. En este caso se debería impulsar
alguna forma permanente de estructura inter o supra-municipal de
acuerdo a la legislación vigente en cada Estado, no descartando
trabajar para incorporar a las constituciones provinciales normativas
específicas sobre nuevas formas de cooperación o asociación
intermunicipal no previstas actualmente.
El último
escalón y de más compleja resolución institucional,
en razón de la organización federal del estado argentino,
está constituido por los aglomerados que se extienden sobre
mas de una provincia. En este caso la formación de institucionalidad
encuentra fuertes limitaciones para una formalización a escala
metropolitana.
El menú
a explorar en este caso puede ser: foros intermunicipales, acuerdos
interprovinciales, formación de regiones (firma de un
convenio para la conformación de una región de acuerdo
con el art. 124 de la Constitución Nacional, Documento elaborado
por el equipo de trabajo de la Fundación Metropolitana, bajo
la supervisión del Lic. Ricardo Gerardi, Ciudad de Buenos
Aires, 2002), etc. Pero cualquiera de estas posibilidades enfrenta
limitaciones tanto para alcanzar competencias interjurisdiccionales
(no cumpliendo con el requisito planteado por Lefevre, C., 2005)
u obstáculos para obtener un status de asociación
equivalente al nivel de complejidad alcanzado por esta aglomeración.
Otra alternativa
a examinar, que ha logrado un alto nivel de formalización,
es, en una propuesta para la Zona Metropolitana del Valle de México,
el Parlamento Metropolitano (Demetrio Sodi de la Tijera,
"Gobierno metropolitano", El Universal, 24 de junio de
2005). "La creación de un parlamento metropolitano
sería el primer paso para garantizar el diálogo y
la coordinación dada la autonomía y pluralidad que
existen actualmente en los congresos. El parlamento impediría
que intereses o diferencias políticas personales o partidistas
entre los gobernadores rompan el diálogo y la coordinación"
Esta búsqueda
orientada a la formación de institucionalidad es atenta a
la diversidad de situaciones y particularidad de cada aglomeración.
En esta cuestión no se trata de promover recetas "todo
terreno" sino abrir el abanico de alternativas y poner
el acento en el conocimiento sobre el tipo de aglomeración
y situación institucional que se enfrenta.
Se debe ser
enfático e insistente en que la formación de institucionalidad
en las áreas metropolitanas pasa por encontrar los escalones
que, aunque modestos, contribuyan a alcanzar formas de asociación
perdurables. La incorporación de formas de gestión
para estos nuevos espacios subnacionales debe proponer procesos
intensivos en tiempo. "Quizás esta importancia del
tiempo sea la primera lección que debe extraerse de las experiencias
en la gobernancia metropolitana. Las mas exitosas son los que tuvieron
tiempo para establecerse en su entorno político y social"
(Lefévre, C, 2005).
APA
El
autor es Arquitecto y Planificador Urbano, a cargo actualmente de
la Codirección del "Proyecto Estructura Socio-Territorial
del Área Metropolitana de Buenos Aires", Centro de Investigación
Hábitat y Municipio (CIHaM), FADU/UBA.
Colaboró
en el procesamiento GIS Maximiliano Laborda, CIHaM, FADU / UBA.
De
Artemio Abba, ver también su nota Formar
institucionalidad metropolitana en Buenos Aires / Propuesta de gestión
para el AMBA
en el número 48 de café
de las ciudades.
Sobre
la gestión
de los espacios sub-nacionales,
ver también la nota de Fabio Quetglas en este número
de café
de las ciudades.
Sobre
la institucionalización metropolitana de Buenos Aires y de
las grandes ciudades en general, ver también la nota La
construcción de un gobierno democrático metropolitano
- Debate y propuestas en el Encuentro del Proyecto UR-BAL,
en el número 18 de café
de las ciudades.
Ver
el sitio Web del INDEC,
Instituto Nacional de Estadística y Censos de la Argentina.
Glosario
Localidad
Extractado de:
Vapñarsky, Cesar A. y otros, (1998), "El concepto de
localidad: definición, estudios de caso y fundamentos teórico-metodológicos",
INDEC, Serie D Nº 4, Censo ’91, Instituto Nacional de Estadísticas
y Censos, Buenos Aires.
Localidad:
una concentración espacial de edificios conectados entre
sí por una red de calles.
Jurisdicciones:
el término "jurisdicción" admite varias
acepciones, pero interesa aquí solamente la acepción
que acarrea una connotación espacial. Por lo tanto se denomina
jurisdicción, genéricamente, el área dentro
de la cual, y solo dentro de la cual, alguna autoridad pública
ejerce sus atribuciones que le confiere la ley. Adoptando la terminología
técnica emergida en disciplinas que se ocupan de la distribución
espacial de la población (demografía, geografía,
sociología, urbanismo, etc.) se denominarán jurisdicciones
de primero, segundo, enésimo órdenes a las áreas
político-administrativas que, en cada orden, como conjunto
componen un mosaico sin residuo que coincide con el territorio nacional
entero. A los efectos estadísticos-censales, es suficiente
tener en cuenta en el territorio argentino jurisdicciones de solo
dos órdenes:
- Jurisdicciones
de primer orden. Lo son: las veintitrés provincias y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
- Jurisdicción
de segundo orden: Lo son en la provincia de Buenos Aires los partidos,
en las demás provincias, los departamentos, en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, cuando no sea considerada entera
como jurisdicción de segundo orden (que a su vez coincide
con una de primer orden), los distritos escolares y, también
las circunscripciones electorales, puesto que tanto los unos como
las otras componen, en su territorio, mosaicos sin residuo (de distinta
trama y, por lo tanto, superpuestos).
Areas de
gobierno local: se denominará municipio a un área
dentro de la cual, y solo dentro de la cual, tiene atribuciones
conferidas por la ley un gobierno local, elegido por sufragio de
los vecinos o designado por autoridades provinciales. Un municipio
es un área político-administrativa: la jurisdicción
territorial es una municipalidad. En la Argentina, a diferencia
de casi cualquier otro estado soberano: 1) los municipios no componen
un mosaico sin residuo que coincida con el territorio entero del
estado; y 2) no todas las jurisdicciones territoriales que conceptualmente
son municipios se denominan "municipios".
Ejemplos de
áreas de gobierno local:
- Municipio
(con gobierno elegido). San Rabel / Mendoza.
- Municipio
de primera categoría (con gobierno local elegido). Apóstoles
/ Misiones
- Municipio
de segunda categoría (con gobierno local elegido). Sauce
/ Corrientes.
- Municipio
de segunda categoría (con gobierno local designado). Icaño
/ Catamarca.
- Municipio
de tercera categoría (con gobierno local elegido). Cachi
/ Salta.
- Comuna (con
gobierno local elegido). Villa Constitución / Santa Fe.
- Comuna rural
(con gobierno local designado). Gastre / Chubut.
Ejemplos adicionales
de denominaciones de gobiernos locales (se reitera: en estos ejemplos
el nombre no designa al área sino al gobierno del área):
- Comisión
municipal (elegida). Calilegua / Jujuy / Ledesma.
- Comisión
municipal (designada). Bandera / Santiago del Estero / Belgrano.
- Comisionado
municipal (elegido). El Volcán / San Luís / Capital.
- Junta de
gobierno (designada). Ubajay / Entre Ríos / Colón.
- Comisionado
de fomento ((elegido). Tres Lagos / Santa Cruz / Lago Argentino.
- Comisión
de fomento (elegida). Gran Guardia / Formosa / Formosa.
- Comisión
de fomento (designada). Río Chico / Río Negro /
Ñorquincó.
Categoría:
en la Constitución o la legislación de algunas provincias
las áreas de gobierno local se clasifican en categorías.
Las categorías descienden en relación a: la magnitud
de población, en casi todas las provincias, y, número
de personas que figuran en el padrón electoral, en las pocas
restantes.
Origen de
la autoridad: elegidas, cuando son elegidas por sufragio, y,
designadas, en áreas de gobierno local de menor categoría
las autoridades son designadas por el poder ejecutivo provincial.
Tipos de
jurisdicciones de primer orden según el alcance de las áreas
de gobierno local:
Tipo provincia
de Buenos Aires: un mosaico sin residuo de áreas de gobierno
local, cada una de las cuales coincide con una jurisdicción
de segundo orden (un partido, en Mendoza, un departamento, en Mendoza
y otras provincias).
Tipo provincia
de Santa Fe: un mosaico sin residuo de áreas de gobierno
local, cada una de las cuales compone a su vez con algunas otras
un mosaico mas pequeño, el cual coincide con una jurisdicción
de segundo orden (departamento)
Tipo provincia
de La Pampa: también un mosaico sin residuo de áreas
de gobierno local, no porque cada una coincida con una jurisdicción
de segundo orden de las denominadas "departamentos", sino
porque cada una es una jurisdicción de segundo orden, que
integra un mosaico sin residuo de distinta trama que el mosaico
de departamentos (el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, que en 1991 era especial, después de la autoría
se asimila al caso de La Pampa).
Tipo Chubut:
un conjunto discontinuo de áreas de gobierno local, cada
una de las cuales queda entera dentro de una sola jurisdicción
de segundo orden (departamento), en el cual queda también
un residuo, por lo general inmenso.
Algunas provincias
no responden exactamente a ninguno de estos cuatro tipos. La provincia
de Misiones responde al segundo tipo (Santa Fe), pero una de sus
áreas de gobierno local, el municipio de San Pedro, coincide
con el departamento homónimo. Por su parte, durante el período
intercensal 1980-1991 la provincia de Río Negro dejó
de responder exactamente al cuarto tipo (Chubut): por lo menos un
municipio, Cipolletti, ahora se extiende sobre más de un
departamento.
Area estadística
y Area exclusivamente estadística. Para fines estadístico-censales
el organismo censal (INDEC), así como las direcciones provinciales
de estadísticas (DPE), dividen el territorio argentino en
cinco órdenes de áreas estadísticas. En cada
orden, la división es un mosaico sin residuo. Componen el
primer mosaico las jurisdicciones de primer orden, y componen el
segundo mosaico las jurisdicciones de segundo orden. En estos dos
órdenes superiores, cada área estadística coincide
con cierta área político-administrativa. En los tres
órdenes inferiores, en cambio, las áreas estadísticas
se delinean exclusivamente con propósitos estadístico-censales
(Fracción, radio y segmento censal).
Localidad
simple: localidad que se extiende íntegramente sobre
una sola jurisdicción de segundo orden y también sobre
una sola área de gobierno local. Eventualmente, una localidad
simple puede extenderse, en parte o en todo, por fuera de cualquier
área de gobierno local. Ello puede ocurrir en jurisdicciones
de primer orden que correspondan al cuarto tipo (provincia de Chubut),
dado que no es extienden sobre otra área de gobierno local.
Localidad
compuesta: localidad que se extiende sobre dos o mas áreas
político-administrativas, sean ellas jurisdicciones de primer
orden, jurisdicciones de segundo orden, o áreas de gobierno
local.
Componente:
porción de localidad compuesta que se extiende sobre una
sola jurisdicción de segundo orden y sobre una sola área
local, la cual puede coincidir con o quedar dentro de aquella.
Componente
principal: entre todos los componentes de una localidad compuesta,
el que, o bien a) es la Capital de la República Argentina
(la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o capital de una jurisdicción
de primer orden (de una provincia), o bien b) es, si ninguna capital
forma parte de la localidad compuesta, el componente con mayor población
según el censo de 1991.
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