Poco
antes de terminar el año 2010, la ciudad de Rosario
fue escenario de una movida social para impulsar la
supresión de la figura de “Barrio Privado y/o Cerrado”
de la normativa urbanística local. Tras la presentación
de un proyecto de ordenanza y luego de una importante
movilización de jóvenes identificados como Movimiento
Giros, se aprobó una ordenanza (luego de
un trascendente debate en el Concejo Municipal) que
deroga el Decreto 1542/97, a través del cual la administración
socialista había regulado la implantación de esta figura
urbanística en todo el ejido de la ciudad. ¡Un notable
avance en las disputas por la asignación social del
suelo, una notable articulación técnico-política
y un modelo de construcción y acción colectiva a imitar!

El
sólo enunciado de la noticia ha despertado más de una
sonrisa de beneplácito y complicidad, además de abrir
grandes expectativas en el colectivo profesional formado
por urbanistas, geógrafos, sociólogos, economistas y
ambientalistas que, desde diverso ámbitos, vienen discutiendo
las anomalías de todo tipo que afectan el desarrollo
urbano de las grandes metrópolis por la falta de actualización
de las distintas normativas urbanísticas que ordenan
el territorio y, en esta cuestión en particular, el
aporte a la fragmentación
urbana que promueven los barrios cerrados (BC) y
su consecuencia más crítica: la fractura social.
El
consenso generalizado que este colectivo profesional
elaboró sobre los crecientes impactos negativos que
posee esta forma de urbanización puede sintetizarse
en la lectura de los considerandos de la ordenanza aprobada: “… el proceso de expansión
de las urbanizaciones privadas tiene como punto fundamental
la disputa por la periferia de la ciudad, operativizada
mediante la metodología de “desalojo
silencioso”, la cual se cristaliza en amenazas,
presiones de todo tipo y, en el mejor de los casos,
oferta de escasos montos de dinero por parte de los
grupos privados para que quienes habitan esas tierras
se relocalicen en otros barrios
de iguales características” y “…el
derecho a la ciudad es un derecho común antes que individual
y por él se entiende no sólo la libertad de acceder
a sus recursos urbanos sino el derecho a cambiar de
sus habitantes, cambiando la ciudad”.
Tomando
en cuenta la bajísima repercusión en la agenda pública, mediática y política que
tradicionalmente tienen los temas urbanos planteados
de manera propositiva y transformadora (generalmente saltan a la palestra
como expresión negativa y aguda de los problemas que
generan, como el caso del “Parque Indoamericano” y las frecuentes tomas de tierra,
o se legitiman en la información económica o general
como “promoviendo el desarrollo urbano”), esta reciente iniciativa social
en Rosario alienta la posibilidad de que cambie este
estado de cosas y que por fin la sociedad y su clase
política asuman esta discusión en profundidad. No soy tan optimista al respecto.
Muchos
opinarán que el contexto de madurez política de las
fuerzas que representan a la ciudadanía rosarina a través
de su Concejo Municipal es más progresista que el de
otras grandes ciudades argentinas. El que suscribe cree
que no existen en otras ciudades muchos grupos sociales
organizados, como el que impulsó este logro, con vocación
y capacidad para incidir en la discusión política concreta
con proyectos transformadores (la excepción, aunque
no visible para los medios y el público, es el grupo
de la Reforma
Urbana que opera en la legislatura nacional).
También sostengo
que la clave de este problema no pasa por la prohibición
de esta figura en los núcleos urbanos centrales de las
metrópolis. Analicemos…

Entre
las distintas perspectivas desde la que se observa el
fenómeno urbano en la argentina (especialmente respecto
de las iniciativas de urbanización privadas, uno de
cuyos productos más emblemáticos y perjudiciales es
la producción de BC) se destacan: la ocupación de cuencas
hídricas y humedales, la tremenda concentración de las
operaciones y su altísima rentabilidad, las distorsiones
en el mercado del suelo, la expansión descontrolada
del límite de las ciudades o los desequilibrios
en la asignación social del territorio. Sin embargo,
la característica más trascendente y nefasta, a mi entender,
es la privatización de la ciudad, implícita
en la ausencia de espacios de propiedad pública (calles)
en la trama interior de estos barrios, algunos de los
cuales poseen la dimensión de una ciudad (por ej.
las 1.600 hectáreas de Nordelta, con una población potencial de 80.000 habitantes,
¡declarada localidad por el municipio de Tigre!). En
tal sentido, la generalizada aplicación de la ley de propiedad
horizontal, utilizada antijurídicamente en la subdivisión
del suelo, sigue siendo una constante que no ha
sido modificada en la práctica y que merece ser la discusión
a privilegiar con el objeto de ordenar el territorio
y mantener el modelo de ciudad plural y democrática
que ha caracterizado al desarrollo urbano argentino
durante décadas. Mientras siguen vigentes y legitimadas
socialmente las normas que posibilitan este despropósito,
como los Decretos (¡nunca Leyes de legislaturas democráticas!)
9404/86 y 27/98 de la Provincia de Buenos Aires, afectando
a la periferia del núcleo urbano más importante de la
país (donde se concentra el 43% de la población y el
87% de las inversiones de este tipo, que suman más de
40.000 hectáreas, según nota de Christian Boyanovsky
Bazán en Tiempo Argentino del 17/10/2010), la ordenanza comentada
en este artículo nada dice respecto de la propiedad
de las calles y no recuerdo que esta bandera irrenunciable
esté asumida con propiedad en los distintos proyectos
de Ley que se discuten actualmente en el Congreso Nacional.

Esta
corriente se presenta también como la solución a un
sinnúmero de problemas generados por las aplicaciones
tergiversadas del mismo modelo, basado en el predominio
del mercado frente a la omisión del estado en la gestión
urbanística (como la aplicación de la Ley 13.512, de
propiedad horizontal, para subdividir suelo). Aquella
iniciativa citada, orientada a establecer por ley un
nuevo derecho real denominado “propiedad residencial”,
tuvo buenos padrinos: ex Secretarios de Cultura devenidos
senadores, ex Intendentes de “paraísos countries”
devenidos diputados, Federaciones Argentinas de Clubes
de Campo, de Agrimensores, de Escribanos, etc.

Afortunadamente
el proyecto no obtuvo el consenso necesario, pero no
debemos descartar un nuevo avance en este sentido
en consideración de la radicalización y explicitación
de las posiciones políticas que expresan el liberalismo
económico.
Antes
de lidiar por la prohibición de los BC en algunas ciudades
o en determinadas áreas de las mismas, antes de enfrentar
la discusión de nuevas figuras de derechos reales y
mientras se discute un nuevo modelo de desarrollo territorial
y urbano argentino, se impone focalizar el trabajo de
conceptualización, esclarecimiento
y movilización para impedir esta privatización. Aporto
sólo unas preguntas que me exceden y abordan la hipoteca
territorial que sigue imponiéndose: ¿cuál es la extensión
máxima para aplicar
la propiedad horizontal?; ¿cómo
reconvertimos los grandes territorios hoy privatizados
sin poner en riesgo la gobernabilidad?; ¿qué productos
inmobiliarios ofrecemos a los sectores de alta renta
para su residencia? Detrás de los reduccionismos
garantistas del ejercicio
del derecho a la propiedad, en el seno de los informes
de impacto ambiental (¡que siempre verifican!), detrás
del imperio de la seguridad a cualquier precio o debajo
de las promesas de inversiones que derramarán desarrollo,
aparece siempre esta variante antiurbana del modelo neoliberal. Es el símbolo de la claudicación
de toda una clase dirigente: Una
vez que el establishment (económico,
social y político) tenga su ciudad segura, bella y armoniosa,
¿qué motivo tendrá para ocuparse de la otra ciudad,
la de los excluidos?
Tal
vez la experiencia del Movimiento Giros aporte algunas
valiosas enseñanzas en este sentido, pero presumo que
al cambiar el objetivo (de prohibir los BC a impedir
la privatización de la ciudad) haya que hacer una reformulación
cuali y cuantitativa de la
propuesta y del programa de movilización e impulso de
una ley definitiva, de necesario alcance nacional. A
la hora de enfrentar al poder real, el económico-financiero
y su variante inmobiliaria, se debe valorar adecuadamente
las contradicciones y las relaciones de fuerza, los
eventuales apoyos y las alianzas de sectores, necesarios
para legitimar semejante cambio del modelo vigente.
Una propuesta verosímil deberá discernir de manera muy
precisa los modelos aptos para urbanizar, considerando
factores ineludibles: la presencia y previsible incremento del capital
financiero en busca de inversiones (no automáticamente
cuestionables), la demanda de seguridad ciudadana
(tampoco desatendible), la oferta de productos calificados
que demanda el imaginario de los omnipresentes sectores
medios, y la necesidad de construir una masa crítica
de apoyo, necesaria para enfrentar con éxito el desafío.
Tal vez, la discusión sobre la captación de las rentas
extraordinarias producidas por la soja por parte del
estado merece tenerse más presente que la ordenanza
comentada. Paradójicamente, ambos procesos se vinculan con Rosario, denominada “capital de la soja”,
por el impacto de la renta agraria acumulada en la región
y traducida, en parte, en inversiones inmobiliarias
como las cuestionadas.
NI
El
autor es arquitecto con Maestría en Administración Pública
Local (Universidad Carlos III, Madrid). Preside el Instituto
Territorio, Municipio y Ciudad (ITEMCIUDAD), es colaborador
de la Fundación
Metropolitana, Consultor, Docente de Planeamiento
urbano en la cátedra
Garay (FADU-UBA) y Asesor
de la Federación Argentina
de Municipios. Fue organizador, para el Municipio de
Malvinas Argentinas, de los primeros seminarios sobre
Barrios Cerrados dadas en el país, en los años 1998-2001.
De
su autoría, ver también en café
de las ciudades:
Número 11 | Tendencias
"La
mundialización como nosotros
la queremos" | Recomendaciones para las ciudades globales del Mercosur.
| Norberto Iglesias
Número 26 | Proyectos de las ciudades (II)
El
impacto metropolitano de los grandes proyectos urbanos
| Los casos de Puerto Madero y la Nueva Centralidad
de Malvinas Argentinas. | Norberto Iglesias
Número 44 | Arquitectura de las ciudades
Burguesía
porteña: ¿culta? | Los
límites de una clase: el propietario y los compradores
de la torre Grand Bourg y de Nordelta. | Norberto
Iglesias
Número 89 | Lugares
Cidade Livre,
hogar de los trabajadores que construyeron Brasilia
| Un campamento provisorio que se transformó
en ciudad | Norberto
Iglesias
Número 90 | Política y Planes de las ciudades
¿La
muerte del urbanismo “petista”?
| El debate disciplinario en Brasil |
Norberto Iglesias y Alexandre
Benoit
Número 91 | Planes de las ciudades (I)
Programas
municipales de viviendas para sectores medios
| Experiencia alternativa en la Municipalidad
de Malvinas Argentinas, AMBA | Norberto
Iglesias
Merece destacarse la modificación
a la Ordenanza 9231/00 de La Plata, que constituye
su código urbano, efectuada por impulso de la gestión
Bruera el 28/4/10, a partir
de la sanción de la modificación del Código de Ordenamiento
Urbano, que habilita zonas de la periferia urbana de
La Plata pata radicar BC. En esta ocasión, semejante
retroceso no ha merecido la atención pública que implicaba
ni apareció ningún grupo civil o técnico organizado
para enfrentarla.
Sobre las tomas de
tierra en el Parque Indoamericano
y otras zonas del sur de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, ver la presentación
y los artículos de María
Cristina Cravino, Raul
Fernández Wagner, Marcelo
Corti y Mario
L. Tercco en el
número 99 de café
de las ciudades.
Sobre Rosario, ver también entre otras notas
en café
de las ciudades:
Número 82 | Lugares (I)
Aguafuertes
rosarinas | Bitácora
de un día (de las márgenes al centro)
| Marcelo Corti
Y sobre la Reforma Urbana en la Argentina:
Número 92 | Política de las ciudades
Informe
sobre la situación del Derecho a la Ciudad en Argentina
| Una perspectiva del déficit urbano desde las organizaciones sociales y
la academia
| Movimiento por la Reforma Urbana y otras organizaciones
Número 36 | Política de las ciudades (III)
Por
la reforma urbana en Argentina | Declaración
en el Día Internacional del Hábitat. | Marcelo
Corti