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  > Año 11 / Número 120 / Octubre 2012 > REVISTA DIGITAL / Aparece el primer lunes de cada mes

Curso “Gestión de la ciudad" (UOC) Versión
en modalidad semipresencial edición 2012

(+INFORMACIÓN)
Información general sobre
cursos de Gestión de la Ciudad – UOC

 > SUMARIO
Terquedades

Una mirada arrabalera a Buenos Aires

Terquedad ferro-inmobiliaria I Columna a cargo de Mario L. Tercco

“...Terquedades será una tribuna de doctrina” (C. Ricot)

 

Eran nomás las parrillas ferroviarias esos inmuebles que según la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner “tenemos en la ciudad de Buenos Aires y pueden ser destinados a desarrollos urbanos”, como sostuvo hace un  mes al anunciar el Polo Audiovisual de la Isla Demarchi (ver nuestra Terquedad del número anterior). Se trata de los polígonos de Liniers, Caballito y Palermo-Pacífico, tres predios de grandes dimensiones de propiedad del Estado nacional y objeto desde hace varios años de una disputa de difícil resolución política:

- El Estado Nacional actúa con la lógica del terrateniente, buscando el mayor lucro posible de estos terrenos estratégicamente ubicados en la Ciudad. No está mal que lo haga, si creemos (como lo cree quien esto escribe) que el Estado debe ser el único especulador sobre el suelo y si se considera que dichos predios son propiedad de todos los argentinos, incluso de quienes más lejos están geográfica y socialmente de Buenos Aires. Esta lógica, aclaremos, es independiente del signo político que tenga el gobierno nacional y de su relación con quien circunstancialmente esté a cargo del siguiente actor.

- El Gobierno de la Ciudad debe fijar la normativa urbanística de esos terrenos, para lo cual debe atender lógicas técnicas, ambientales y sociales. Puede oscilar entre una normativa que impida la edificabilidad de los predios (aunque eso implicaría que la Nación postergaría su venta esperando tiempos más propicios y autoridades porteñas más afines) y otra, de máxima capacidad constructiva, en la que procure asociarse con los intereses federales: esto resulta difícil de instrumentar en la práctica debido a que la normativa debe ser aprobada en la Legislatura porteña (y por lo tanto se requiere establecer algún tipo de acuerdo entre distintos bloques) y, especialmente, al conflicto que esto ocasionaría con el tercer actor de este juego…

-   …, es decir, el conglomerado de colectivos vecinales, sociales, ONGs, etc., cuya lógica predominante es pretender para estos predios su uso como espacios verdes de uso público. En el caso de Caballito, este pedido resulta explícito y ha derivado incluso en un proyecto de Ley, presentado en el año 2010 para la creación del Parque del Bicentenario (ver nuestra Terquedad de los parques).

En ese laberinto de difícil salida (que recuerda esas escenas de Tarantino en que varios personajes se apuntan entre sí sin que ninguno pueda disparar), otro actor y otra lógica asoma expectante: el sector privado y su expectativa de valorización inmobiliaria. Resulta sugestivo, en ese sentido, que Eduardo Constantini (cuya empresa Consultatio fue mencionada por la Presidenta, junto a IRSA, como una de las desarrolladoras invitadas a participar de la operación del Polo Audiovisual) haya sido tan contemporizador en sus declaraciones sobre el proyecto de Ley de acceso justo al hábitat presentado a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires.

 

La propuesta que ahora realiza el gobierno nacional para destrabar este juego busca legitimarse en la resolución de dos necesidades sociales: la vivienda, destinando los predios a la localización de emprendimientos financiados con el Pro.Cre.Ar. (Programa de Crédito Argentino del Bicentenario), y la movilidad, destinando el monto de lo producido por la venta de los predios al financiamiento de las obras de soterramiento del Ferrocarril Sarmiento. Ambas iniciativas son loables, pero la gestión que a partir de estas bases propone el Estado Nacional parece subestimar el rol que corresponde al Gobierno de la Ciudad y directamente ignorar las reivindicaciones del sector social y vecinal. ¿Soberbia estatal o estrategia de negociación? Veamos lo que dice el Decreto 1723/2012, publicado el pasado 21 de septiembre en el Boletín Oficial.

El decreto desafecta los inmuebles de Liniers, Caballito y Palermo del servicio ferroviario y los destina al desarrollo de proyectos integrales de urbanización y/o inmobiliarios (es inquietante el “y/o”, pero suponemos que se trata de un mero formulismo de redacción). A tal fin se instruye a la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social, también a cargo del Polo Audiovisual y del Pro.Cre.Ar) y a la Secretaria de Política Económica y Planificación del Desarrollo a constituir en treinta días una Sociedad Anónima que realizará la gestión de esos proyectos. La Agencia de Administración de Bienes del Estado le transferirán gratuitamente a dicha Sociedad Anónima la propiedad de los terrenos. Las rentas, utilidades y/o beneficios que se generen como consecuencia de los proyectos a realizar en los predios se integrarán al Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino, “debiéndose evaluar la posibilidad de su reinversión en el financiamiento de las obras de soterramiento del Ferrocarril Sarmiento”. Vale decir, esa reinversión no es obligatoria y está sujeta a la evaluación actuarial. Sin precisar cifras ni justificar la estimación, en la fundamentación del Decreto se menciona que “dichos inmuebles, una vez refuncionalizados y puestos en valor a través de los correspondientes desarrollos inmobiliarios, no sólo lograrán la plena integración urbana procurando revertir los efectos negativos sobre el territorio y el ambiente producidos por la presencia del ferrocarril, (…) sino que por su ubicación y potencial podría implicar un ingreso aproximado equivalente al 25% de la inversión real directa necesaria para la realización de las obras de soterramiento” ferroviario.

El Decreto crea un Comité de Evaluación de Proyectos integrado por representantes de la ANSES, el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la Secretaria de Transporte, la Agencia de Administración de Bienes del Estado y, en caso de aceptar la invitación que se les formula, la Sociedad Central de Arquitectos y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dicho Comité realizará la evaluación de las iniciativas y proyectos presentados a un concurso abierto de iniciativas y proyectos.

Ahora bien: ¿con que normativa urbanística se convocará a dicho concurso? ¿O se esperarán los resultados del concurso para formular una normativa ad-hoc que permita la implementación de las propuestas seleccionadas? Actualmente, los tres predios están afectados a la Zonificación UF (Urbanización Futura). Según el artículo 5.4.9. del Código de Planeamiento Urbano, son “terrenos de propiedad pública, aún no urbanizados, u ocupados por instalaciones y usos pasibles de remoción futura” y “están destinados a desarrollos urbanos integrales que exigen un plan de conjunto previo en base a normas y programas especiales”. Todo cambio “deberá ser sometido a estudio, para la futura planificación o urbanización de estos Distritos, bajo normas especiales que requerirán aprobación legislativa”. Por su parte, el artículo 3.1.2. de dicho Código establece que: “Todo parcelamiento que exija la apertura de vía pública o propuesta de urbanización referida a una superficie superior a 1,5 Ha, obligará a la cesión gratuita a la Ciudad de una superficie de terreno no menor del 25% ni mayor del 50% del total del área de la parcela, afectada para uso y utilidad pública. En todos los casos deberá destinarse no menos de una tercera parte de la superficie cedida a espacios verdes de uso público y acceso irrestricto”. Y para el caso de “parcelamiento de tierras de propiedad del Estado Nacional sujetas a privatización o desafectadas del dominio o de un servicio público se destinará como mínimo el 65% de la superficie total para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a la Ciudad. Deberá afectarse especial y preferentemente dicha superficie a la generación de nuevos espacios verdes parquizados”. Vale decir que la Sociedad Anónima podrá explotar comercialmente un 35% de los predios que le son encomendados, y para ello deberá obtener una norma especial de la Legislatura porteña (norma que será sometida, como prevé la Constitución porteña para todo cambio del Código de Planeamiento Urbano, al procedimiento de doble lectura con Audiencia Pública).Cabe recordar que en los inmuebles de las ex Bodegas Giol y Santa Ana, vecinas al predio de Palermo, Nación y Ciudad firmaron en 2009 un Convenio Urbanístico para la creación de un Polo Científico y Tecnológico (cuyo edificio fue recientemente inaugurado).

El Decreto no realiza ninguna mención al Pro.Cre.Ar., por lo cual el destino de vivienda de clase media tiene también un carácter de mera recomendación presidencial (que es de suponer será obedecida por los funcionarios a cargo de la gestión de estos proyectos). En la misma fecha se publicó el Decreto 1722/2012, que instrumenta la desafectación del inmueble destinado al Polo Audiovisual y la gestión de este emprendimiento.

MLT

 

Sobre el Programa Pro.Cre.Ar., ver también en café de las ciudades:

Número 118 I Planes y Política de las ciudades
Aristas positivas de un plan todavía ambiguo I Alcanzar estratos medios y medio-bajos hoy sin acceso a la vivienda I Por Artemio Pedro Abba

Número 117 | Política y Economía de las ciudades
Esperanzas e interrogantes del Pro.Cre.Ar.  | Créditos, políticas de suelo y acceso a la vivienda | Marcelo Corti

 

 

Mensajes Terccos>  

Terquedades anteriores:

Presentación editorial (número 65)

Terquedad de los residuos

Terquedad de las clases medias (y sus críticos)

Terquedad del Instituto

Terquedad de los modelos

Terquedad de las villas y los funcionarios

Terquedad del Cartel

Terquedad de “los vecinos”

Terquedad de los votantes

Terquedad de Norberto Chaves

Terquedad del Plan Urbano Ambiental

Terquedad morfológica

Terquedad de la Emergencia

Terquedad de Don Julio

Terquedad Basura Cero

Terquedad de las Guías (los itinerarios de Eternautas y la ciudad bizarra de Daniel Riera)

Terquedad de las políticas urbanas

Terquedad Electoral

Terquedad de Puerto Madero y los paseos costeros

Terquedad del Fútbol (dePrimente)

Terquedad de los vecinos y los medios

Terquedad Catalinaria

Terquedad 2-13-31

Terquedad bicentenaria

Terquedad del gorilismo (y de las palabras)

Terquedad (optimista) del Riachuelo

Terquedad de la no-Ciudad Universitaria

Terquedad de los parques

Terquedad Coca Cola

Terquedad periférica (sobre el número 35 de Mu)

Terquedad matrimonial

Terquedad de las urbanizaciones privadas

Terquedad del Manual (urbanismo para asentamientos precarios)

Nueva Terquedad de la basura

Terquedad del suelo

Terquedad Soldati

Terquedad del agua y las cloacas

Terquedad de las Comunas

Terquedad de La Nación

Terquedad del Gasómetro

Terquedad Electoral

Terquedad descendente

Terquedad Ricotista (elecciones, música popular, tierra urbana y dilemas políticos
en una entrevista con Carmelo Ricot)

Nueva Terquedad del suelo, entre la academia y la política

Terquedad de Sabato y Evita en el Cartel de Buenos Aires

Terquedad del derrumbe

Terquedad de los trapitos

Terquedad del Subte, los manteros y el 2015

Terquedad de los que se fueron

Terquedad de la Vuelta

Terquedad del fallo (y del Código Civil)

Nueva Terquedad de las villas 

Terquedad de la pasión azulgrana 

Terquedad de los rellenos

Terquedad audiovisual

Política de las ciudades (I)
Cómo hacer de la ciudad una ecuación posible
Las visiones de David Harvey y Jordi Borja sobre el derecho a la ciudad I
Por
Beatriz Cuenya

Con respecto al contenido, menciona una cantidad de propuestas. En el plano urbanístico se destacan tres: a) el control público del suelo (urbanizable y urbano) para evitar la especulación y reducir drásticamente el costo de la vivienda; b) la nacionalización de la banca o por lo menos la creación de una banca pública que garantice la financiación de vivienda; c) una legislación urbanística que impida los desarrollo urbanos dispersos y priorice la ciudad compacta, o sea hacer ciudad sobre la ciudad. En suma, David Harvey reclama el derecho a la ciudad para la lucha anticapitalista. Jordi Borja lo hace para lograr una democracia ciudadana. Cabe notar sin embargo que, aunque parte de un postulado inicial reformista, Borja llega también a unas propuestas revolucionarias. Como dice Harvey, en el escenario urbano suele ser difícil distinguir entre iniciativas radicales y reformistas.

POSICiones cordobesas
Algunas reflexiones después de la visita de Jordi Borja
Cómo producir ciudad en el nuevo contexto I Por Carola Inés Posic

Profundamente crítico, un tanto desencantado con las posibilidades actuales de la gestión urbana como motor de transformación positiva, ensaya algunas ideas sobre cómo producir “ciudad” en el marco de los nuevos contextos. Más que recetas o fórmulas para la gestión urbana, a Borja parece interesarle poner en contraste los puntos críticos de un sistema cada vez más injusto, llámese capitalismo avanzado, post fordista o globalizado, que en cualquiera de sus acepciones presupone consecuencias negativas para amplios sectores de las poblaciones urbanas. Nombrará a la ciudad posmoderna, a la ciudad neo-liberal, a la del fragmento, pero alertando contra la liviandad semántica que oculta procesos y actores y, sobre todo, vuelve invisible a los responsables de dirimir la injusticia en el territorio. Por eso su militancia explícita contra los barrios cerrados, contra los arquitectos que promueven los barrios cerrados, contra la academia que reproduce frivolidad y palabras.

Política, Planes y Proyectos de las ciudades
Especificidades de una experiencia urbana
A propósito de Medellín y del XV Congreso Iberoamericano de Urbanismo I Por Lorena Vecslir

Volviendo a la imagen de la individualidad en lo colectivo, y las dudas acerca de la eficacia de las arquitecturas diferentes (o indiferentes) en la transformación social de la ciudad, éstas se diluyen cuando, fuera del área central, visitamos operaciones como las nuevas escaleras de la Comuna 13. Y no sólo el proyecto de las escaleras mecánicas techadas (pioneras en su concepción sin fines turísticos, como solución de movilidad urbana), sino también los kilómetros de escaleras, barandillas, “viaductos” (paseos de media ladera, a cota constante) y “espacios públicos de bolsillo” donde se puede entender la acción del “urbanismo social” y la importancia de la inversión pública en las zonas urbanas más pobres y conflictivas. Comunas de las laderas oeste y noreste, caracterizadas por la ocupación irregular de terrenos con relieve y pendientes abruptas.

Política de las ciudades (II)
El Foro Urbano Mundial VI como ámbito de discusión y validación de la política urbana
Participar para “inclinar la cancha”: un reporte sobre el encuentro de Nápoles I Por Santiago E. Arias

Es casi imposible seguir la gran cantidad de eventos que suceden al mismo tiempo y la diversidad de personas que pululan por los pasillos. Da la impresión que hay muchos jugadores que están vendiendo, pero pocos que están comprando. En este momento de crisis, ciertas discusiones más profundas sobre el carácter del sistema económico y social y sobre los modos y herramientas para progresar están en debate. Esas mismas discusiones tienen lugar sobre el rol de las ciudades y las formas de mejorar la calidad de vida de sus habitantes. En los próximos años, parece que estas discusiones van a intensificarse. El resultado de estos debates tiene implicancias reales (ver Paul Romer y sus charter cities en Honduras) en las políticas urbanas y en la asignación de recursos.

Planes y Política de las ciudades
Ley de acceso justo al hábitat
Fundamentos del proyecto bonaerense I Por Alberto España, Marcelo Saín, Alicia Sánchez y otros.

Por su parte, la Provincia de Buenos Aires debe fijar un nuevo marco legal que rija lo relativo a la ocupación, subdivisión y ordenamiento del territorio, ya que el Decreto Ley 8912/77 vigente no reconoce la realidad en que se habita la Provincia y sus necesidades de crecimiento. Se deben, por lo tanto, generar instrumentos legales y de gestión del suelo en todos los niveles de gobierno, estableciendo como regla principal la justa distribución de las cargas y beneficios que produce el crecimiento de las ciudades. La tierra en general se valoriza por la acción estatal y no del propietario y, consecuentemente, el Estado está obligado a recuperar parte de ese incremento para la sociedad a fin de contar con recursos extra presupuestarios que sirvan para financiar, entre otras cosas, la creación de bancos de tierras.

Planes y proyectos de las ciudades
Apuntes para una guía de las operaciones urbanas
El “paso a paso” de una intervención I Por Marcelo Corti

Este artículo procura enumerar ordenadamente los pasos necesarios para la concepción y realización de un desarrollo urbano planificado o proyecto urbano, entendiendo como tal operaciones de renovación o expansión urbana de mediana o alta complejidad por la concurrencia de algunos o todos estos factores: Dimensiones considerables del predio y/o los productos a realizar. Superposición de programas. Multiplicidad de actores e intereses en juego. Concurrencia del sector privado, estatal y/o público. Dificultades técnicas especiales en la resolución. Diversidad de inversores a cargo de la operación. Tiempo de realización prolongado, necesidad de concretar la operación en etapas. Espacios o equipamientos públicos como parte o requisito de la operación. Visibilidad mediática y política.

 

Deseos en el Día Mundial del Hábitat, recuerdo de Pierre Dubois, protesta por Caballito, Giros organiza Ciudad Futura y repercusiones del nuevo libro.

 

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