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    > Año 9 / Número 97 / Noviembre 2010        > REVISTA DIGITAL / Aparece el primer lunes de cada mes
 
Número 6
"El derecho a la
seguridad ciudadana
"

Las políticas de seguridad
en la sociedad urbana
.

Curso“Gestión de la ciudad: Movilidad espacio público y medio ambiente”
(UOC-CPAU-UNNE-CdlC)
En marcha

(+INFORMACIÓN)

 > SUMARIO
Planes y Política de las ciudades (II)

¿Por qué es importante para Argentina contar con una ley de ordenamiento
territorial nacional?

Un análisis crítico de la legislación argentina (XIII) I Por Soledad Arenaza y Juan IgnacioDuarte

 

…Es el Estado el que debe actuar como el gran reparador de las desigualdades sociales, en un trabajo permanente de inclusión y creando oportunidades a partir del fortalecimiento de la posibilidad de acceso a la educación, la salud y la vivienda, promoviendo el progreso social basado en el esfuerzo y el trabajo de cada uno.

Néstor Carlos Kirchner, 25 de mayo de 2003

 

La primera razón para afirmar que es importante debatir y sancionar una ley nacional en la materia es que partimos de entender al ordenamiento territorial esencialmente como una función pública, la cual debe constituir un deber indelegable para el Estado. Al ordenamiento territorial lo entendemos como una actividad técnico-política, que permite tomar decisiones en materia de política territorial, ambiental y urbana, para lograr que el proceso de producción social del espacio se desarrolle en un determinado sentido, el cual se encuentra en constante tensión entre los diferentes actores sociales. Es por ello que el Estado, a través de las políticas de ordenamiento territorial, debe ser quien conduzca el desarrollo del territorio, apuntando a reparar las desigualdades sociales y territoriales existentes.

Otra razón para afirmar que es importante debatir y sancionar una ley de ordenamiento territorial es que en ausencia de una ley nacional de este tipo (como sucede en Argentina), el Estado regula lo territorial mediante normas dispersas, que actúan de manera sectorial sobre estas cuestiones. Así, las fuerzas del mercado asumen un rol muy importante en la regulación de la producción, apropiación y distribución del territorio, imponiendo una fuerte limitación al alcance y al carácter de la actuación estatal en sus diferentes niveles, en relación a dichos procesos. Por esta razón, la sanción de una ley de ordenamiento territorial constituye, fundamentalmente, una condición institucional para la recuperación del rol del Estado en el sentido que debe adquirir el desarrollo del territorio.

Esa recuperación del rol del Estado en este campo, con el objetivo de garantizar un desarrollo más equitativo y el acceso progresivo de la población a los bienes colectivos y sociales, requiere no sólo del reacomodamiento de competencias entre el Estado y el mercado, sino también de la reconceptualización jurídica de la libertad contractual y de inversión, cuya piedra angular, en el territorio, es el derecho de propiedad. De acuerdo con la Constitución Nacional, la reglamentación del derecho de propiedad es una competencia exclusiva del Estado Nacional (art. 75 inc. 12). En otras palabras, la importancia de una ley de este tipo se justifica no sólo en normar la función pública que debe guiar el desarrollo del territorio, sino también en regular la función social a la que debe ajustarse la iniciativa privada, para lograr el desarrollo de territorios más equitativos y socialmente justos.

Primordialmente, la importancia de la sanción de una ley de este tipo radica en el reconocimiento de una política de ordenamiento territorial, la cual debiera centrarse en un enfoque de derechos basado en la igualdad sustantiva (no formal) de la “ciudadanía territorial”, en función de la distribución equitativa de las cargas y beneficios del desarrollo territorial. Conceptualmente, el objeto de la ley debe ser integrador de políticas públicas que hasta el momento han sido reguladas sectorialmente, pero que sin embargo, remiten al acceso de un abanico de derechos fundamentales que son indivisibles e interdependientes al desarrollo territorial. En este sentido, el abordaje de la ley debiera recuperar varias de las discusiones ambientales que se dieron en temas como por ejemplo soja, minería y glaciares, que han puesto en tensión el marco actual de regulación del desarrollo territorial.

En un estado federal como el argentino, la ausencia de una ley nacional de ordenamiento territorial en coexistencia con la regulación actual de los derechos reales y el derecho de dominio en particular, debilita fuertemente el ordenamiento territorial a nivel provincial y municipal, pese a que los nuevos arreglos institucionales de la reforma constitucional de 1994 ampliaron las obligaciones a cargo de las provincias. Además, ya sea normativamente o en los hechos, los municipios deben hacer frente a cada vez mayores demandas. En este contexto, la regulación a nivel provincial, ya de por sí escasa (sólo las provincias de Buenos Aires y Mendoza cuentan con una norma de ordenamiento territorial) y municipal, está limitada a ciertas posibilidades de regulación del ordenamiento del territorio en términos administrativos, ambientales o en ejercicio de su poder de policía en materia de higiene o salubridad públicas. Sin embargo, no tienen posibilidades de asociar deberes al ejercicio del derecho de propiedad privada.

Resulta por ello muy importante contar con una norma nacional que contenga objetivos, principios y directrices que den un marco básico y sirvan de guía para la política de ordenamiento territorial a desarrollar. Pero también resulta fundamental que esta ley contenga una serie de instrumentos, que posibiliten constitucionalmente a las provincias y a los municipios contar con herramientas que permitan asumir un rol proactivo desde la gestión pública en el desarrollo del territorio.

El reconocimiento del estatus jurídico de la política de ordenamiento territorial crea una obligación estatal de disponer de recursos mínimos para llevarla adelante, con el objetivo de garantizar su utilidad y de respetarla y promoverla. Al mismo tiempo, la juridicidad de los principios, objetivos y directrices de política que ella consagre, trazarían los “puntos cardinales” en los que se deberían apoyar no sólo la racionalidad y legitimidad de la inversión pública, sino también el sentido que el desarrollo del territorio debe adquirir.

SA y JID

 

Soledad Arenaza es Abogada, Investigadora-docente del Instituto del Conurbano (UNGS)

Juan Ignacio Duarte es Urbanista, Becario doctoral CONICET / Instituto del Conurbano (UNGS)

 

El análisis crítico de la legislación urbanística y de ordenamiento territorial en la Argentina comenzó en el número 82 con la nota La Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo de Mendoza, por Marcelo Corti. Continuó en el número 83 con la nota Ordenamiento territorial y ordenamiento ambiental, por Hernán Petrelli, en el número 84 con El Plan Urbano Ambiental de Buenos Aires, por Marcelo Corti, en el número 85 con El Decreto-Ley 8912/77 de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo en la Provincia de Buenos Aires, en el número 86 con El Plan de Comuna en la Ciudad de Buenos Aires, por Marcelo Corti, en el número 87 con El Proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial de la Provincia de Chaco, por Nadia Finck, en el número 88 con Hacia la función social de la actividad urbanística en la Provincia de Corrientes, por José Luís Basualdo,  en el número 89 con Reglamentaciones y contradicciones de “la 8912”, por Marcelo Corti, y en el número 91 con Hacia una Ley Nacional de Ordenamiento Territorial para el Desarrollo Sustentable, Entrevista a Diego Fernández y en el número 96 con Hacia una Ley Nacional de Ordenamiento Territorial: reflexiones a partir de tres propuestas normativas, por Melinda Lis Maldonado, y Perspectivas para una ley de suelos y desarrollo urbano, por Silvia Augsburger.

Ver también en este número la nota El florecer de las normas…

 

Y sobre normativa y planeamiento territorial y urbanístico en la Argentina, ver también entre otras notas en café de las ciudades:

Número 72 I Planes de las ciudades (II)
La ausencia de una legislación territorial en la Argentina I El déficit regulatorio y sus consecuencias I Marcelo Corti

Número 66 I Planes y Política de las Ciudades (II)
El Plan Estratégico Territorial y la construcción de la Argentina deseada I La búsqueda de consensos para el despliegue territorial de la inversión pública I Marcelo Corti

Número 62 I Planes y Política de las ciudades
Normativa urbanística: la articulación entre planeamiento, participación y gestión I Sobre los conflictos alrededor del Código de Planeamiento Urbano de Buenos Aires I Marcelo Corti

Número 60 I Planes de las ciudades (II)
Lineamientos Estratégicos para la Región Metropolitana de Buenos Aires I Escenarios alternativos, políticas urbanas, instrumentos de gestión I Entrevista a Alfredo Garay

Número 54 I Planes de las ciudades
Normativa urbana, casuística y visión procedimental I Sobre el debate “¿Evaluar impactos o planificar la ciudad?”. I Artemio Pedro Abba

Número 43 I Planes de las ciudades
¿Evaluar impactos o planificar la ciudad? I Apuntes para una normativa urbana (I). I Mario L. Tercco

Número 36 I Política de las ciudades (III)
Por la reforma urbana en Argentina I Declaración en el Día Internacional del Hábitat.

Economía de las ciudades
Reflexiones sobre el Desarrollo Económico Local y la economía rural en Colombia
La descentralización y los nuevos roles del municipio. I Por Ismael Antonio Molina Giraldo

Como se aprecia, la función económica del municipio es inexistente en el ordenamiento constitucional colombiano. No obstante lo anterior, es indiscutible que la administración municipal constituye la más importante empresa de cada municipio. El tema de la gestión económica en el POT debe resolver dos temas que se complementan: en primer lugar el rol del sector público y del sector privado en el desarrollo económico, delimitando campos de actuación. En segundo lugar, es muy relevante definir la valoración económica de la actuaciones municipales como actor o promotor de proyectos económicos rentables, diferenciando el gasto publico sin retorno económico (aunque lo tenga en retorno social) del gasto publico con retorno económico, donde el municipio participa como inversionista de procesos productivos.

 
De Retiro a Retiro, o crónica de una travesía inolvidable
¿Cuatro cuadras…es un viaje? I Por Carola Inés Posic

Todo viaje constituye una experiencia. El viaje, en tanto forma de conocer -y conocerse- será un tópico central en la construcción de la cultura occidental; lo desconocido y lo extraño, lo exótico ligado a la aventura y al suceso inesperado, en un recorrido más o menos definido. El viaje, en tanto pulsa a la acción. no solo colabora a organizar una manera de ver el mundo sino también a crearlo. Estas afirmaciones parecen válidas tanto para Ulises como para el viaje a Bariloche. Ahora bien, cuatro cuadras… ¿es un viaje? Supongamos que usted es el viajero/a, oriundo de una provincia argentina otra (no vive en la ciudad de Buenos Aires), dato que le aportará, muy a su pesar, alguna cuota de extranjería. De visita a la Capital, de paso, vacaciones o negocios (es relativamente indistinto) arriba en un colectivo de larga distancia a Retiro.

 
El florecer de las normas…

La Ley de Regulación del suelo en la Región Metropolitana de Córdoba y la Ordenanza de plusvalía urbana de Bariloche. Un análisis crítico de la legislación argentina (XII) I Por Marcelo Corti

Estas excepciones parten del error conceptual de confundir el desarrollo privado de riesgo implícito en la construcción y operación de cualquiera de esos proyectos, con la ganancia absolutamente especulativa y ociosa del propietario del suelo, que es más un obstáculo que un socio para el verdadero emprendedor (como ya explicaba David Ricardo…). Con sus aciertos, sus errores y sus omisiones, estas normas forman parte de una incipiente agenda política-territorial en marcha. Los tres proyectos de Ley Nacional analizados en el número 96 son la emergente más destacada de esta ola normativa, pero también las decenas de proyectos, iniciativas y debates que florecen en todo el país sobre la cuestión del suelo y su desarrollo equitativo. Pueden ser las gotas que horaden, finalmente, la piedra de los intereses creados, la corrupción y la negación política.

Política de las ciudades
Disolución barrial en la Buenos Aires Metropolitana
La nueva residencialización encapsulada I Por Artemio Pedro Abba

La Buenos Aires Metropolitana involuciona en su condición de ciudad debido a los procesos de segregación y fragmentación socioterritorial que han avanzado en los últimos 30 años. Salta a primer plano un paisaje urbano “descuartizado”, al decir de Peter Marcuse, producto de las tensiones entre colectivos socioespaciales que se repliegan sobre si mismos o se implantan como macizos o fragmentos exóticos en el tejido de la ciudad tradicional. Por una parte se han desplegado distintas variantes de Urbanizaciones Cerradas, que internalizan sus espacios de uso social (el espacio público estructurador de la ciudad) y se integran al resto de las actividades urbanas a través del modo automóvil-intensivo, utilizando la nueva red de vías rápidas. Los barrios informales, villas y asentamientos, han crecido fuertemente (en general por densificación, dada la baja posibilidad de expansión en los casos de localización central) y se han incrementado los problemas de saneamiento y accesibilidad.

 
Indice de Capacidades de Gestión para el Desarrollo
Una propuesta metodológica para gobiernos locales I Por Rita Grandinetti y Patricia Nari

En este sentido aparece una hipótesis a verificar: los municipios de escala más pequeña poseen formas muy simples de organización que les presentan serias limitaciones a la hora de hacerse cargo de la complejidad de la gestión del desarrollo, y por otra parte, los de rango mayor han desarrollado estructuras con un proceso de burocratización creciente más difícil de revertir. Los municipios de rango medio, con organizaciones simples pero con mecanismos y dispositivos de gestión con algún grado de desarrollo, tienen mayor flexibilidad para adoptar nuevos modelos y hacer frente a los nuevos desafíos. La disponibilidad de recursos tiene asimismo un comportamiento errático en relación con el ICGD. Es decir, la mera disponibilidad de recursos no estaría garantizando la capacidad de gestión.

Una mirada arrabalera a Buenos Aires I Columna a cargo de Mario L. Tercco.

En este número: Nueva Terquedad de la basura

 

Fredy y Jaime despiden a Nestor, Giros contra los barrios cerrados en Rosario, pedido por el Atlas Ambiental y un cambio de planes para las playas ferroviarias de Caballito.

 

Encuentros, Jornadas, Seminarios, Congresos: Vivienda y políticas habitacionales en cuestión - Jornadas de INFOHABITAT - Política, políticas y movilización colectiva en el AMBA, Seminario Abierto en el Gino Germani - Residuos en Buenos Aires - La Disposición Final - VII Foro Metropolitano - “Construyendo Programa para la Gran Buenos Aires” - XVII Bienal Panamericana de Arquitectura de Quito - BAQ 2010 . Reflexiones sobre el sentido de los derechos habitacionales, en Bogotá - Municipios y Cambio Climático, en Monte Caseros - VI Jornadas de Sociología de la UNLP - Seminario sobre Políticas Urbanas, en la UNNE Convocatorias y Concursos: Viaje a Berlín, Arte y Arquitectura - Urbe, revista de gestión urbana - Cuadernos de Vivienda y Urbanismo de la Universidad Javeriana - Convocatoria de RIUrb - Revista Iberoamericana de Estudios Municipales Noticias y publicaciones: Arquitectura para la integración urbana - Archipelagos - Bloc, Arquitectura y Urbanismo de Barcelona - La primera víctima de los Corleone (no fue Don Julio…).

 

 

 

 


 

> ACERCA DE CAFÉ DE LAS CIUDADES

café de las ciudades es un lugar en la red para el encuentro de conocimientos, reflexiones y miradas sobre la ciudad. No es propiedad de ningún grupo, disciplina o profesión: cualquiera que tenga algo que decir puede sentarse a sus mesas, y hablar con los parroquianos. Amor por la ciudad (la propia, alguna en particular, o todas, según el gusto de cada uno), y tolerancia con las opiniones ajenas, son la única condición para entrar. Hay quien desconfía de las charlas de café: trataremos de demostrarle su error. Nuestro café está en cualquier lugar donde alguien lo quiera disfrutar, pero algunos datos ayudarán a encontrarlo. Estamos en una esquina, porque nos gustan los encuentros, y porque desde allí se mira mejor en todas las direcciones. Tenemos ventanas muy amplias para ver la vida en las calles, y no nos asustan sus conflictos. Es fácil llegar caminando a nuestro café, y por eso viene gente del centro y de todos los barrios (sí alguien prefiere un ambiente exclusivo, que se busque otro lugar). No faltaran datos sobre cafés amigos, porque nos gusta andar de bar en bar: ¿cómo pedirle a los parroquianos que se queden toda la noche en el nuestro? Esa es la única cadena a la que pertenece el café de las ciudades: la de todos los cafés únicos e irrepetibles, en cualquier esquina de cualquier ciudad.

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Editor y Director: Marcelo Corti
Diseño:
Laura I. Corti
Corresponsal en Buenos Aires: Mario L. Tercco

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